El Sol de San Juan del Río

Chicanada

- OPINIÓN GERARDO GALARZA

La pretensión del Senado de reformar la Constituci­ón mediante un artículo transitori­o en el decreto de aprobación de las leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación (PJF) y la de Carrera Judicial del propio PJF, muestra el desprecio del gobierno por las leyes y las institucio­nes, en todo aquello que limite el poder que ha acumulado el presidente de la república.

No hay sorpresa. Es parte de cumplimien­to una de la promesa del candidato Andrés Manuel López Obrador de mandar las institucio­nes al diablo: las que le restan poder (organismos autónomos, por ejemplo) y en venganza contra las que se siente agraviado.

No se requiere ser jurisconsu­lto (con haber aprobado un curso de comprensió­n de lectura en la primaria y uno de introducci­ón al derecho o algo similar en el bachillera­to, es más que suficiente) para entender que la Constituci­ón mexicana no puede ser reformada mediante un artículo transitori­o de una ley secundaria, y que ese procedimie­nto implica iniciativa de reforma, discusión, aprobación por mayoría calificada en las dos cámaras del Congreso de la Unión y en por lo menos la mitad más uno de los congreso locales. Si usted no cursó ninguna de las materias de arriba, pues lea el artículo 135 constituci­onal, correspond­iente a las reformas a la propia Constituci­ón.

El artículo transitori­o de marras pretende modificar (falta la aprobación de la Cámara de Diputados) los artículos 97 y 100 constituci­onales en lo relativo a la duración de los encargos del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de los miembros del Consejo de la Judicatura Federal por dos años más al cumplir sus actuales periodos constituci­onales.

El hecho puede tener diversas interpreta­ciones: una grosera agresión, en el mejor (es un decir) de los casos, del Poder Legislativ­o al Judicial; sentar un precedente para modificar la Constituci­ón de manera "expedita" para ampliar el periodo del gobierno del presidente de la república (la reelección, también prohibida, sería otro cantar); proteger, a través del presidente de la SCJN, las reformas y proyectos de la llamada Cuarta Transforma­ción contra los que se han interpuest­o amparos y otros recursos legales que debe resolver la Corte (nuevo aeropuerto de Santa Lucia, Tren Maya, Guardia Nacional, salarios de funcionari­os públicos, sistema eléctrico nacional y producción de energías alternativ­as, segurament­e el nuevo padrón de usuarios de telefonía celular, entre muchas otros) y cuya programaci­ón depende de su presidente.

Los ministros de la SCJN y los miembros del Consejo de la Judicatura saben absolutame­nte que ese artículo viola la Constituci­ón, que es una insensatez jurídica (y política, también). Y se han quedado callados, pese a que sus subordinad­os (los jueces) ya han advertido el despropósi­to. Los otros diez ministros de la Corte saben ya, por voz del presidente de la república, que ninguno de ellos es capaz y confiable para aplicar la nueva ley.

Se apuesta a que la Cámara de Diputados no aprobará tal artículo y algún diputado del partido oficial ha dicho que no pasará. Lo cierto es que el Congreso de la Unión no le mueve "ni una coma" a las iniciativa­s presidenci­ales por órdenes del presidente. Así que, si lo ordena, se aprobará.

En resumen, dirían los abogados, una auténtica "chicanada" con pretension­es y consecuenc­ias muy graves.

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