El Sol de San Luis Potosi

Habrá nuevo tabulador para abogados de SLP

Tras 50 años de vigencia será actualizad­o propone diputado; Asociación respalda la iniciativa de ley que abroga el arancel contenido en el decreto 225 desde hace medio siglo.

- RAYMUNDO ROCHA LOZANO y MAYRA TRISTÁN

Los abogados en San Luis Potosí tendrán un nuevo arancel, actualizad­o, para cobrar sus honorarios profesiona­les cuando no haya un acuerdo previo de pago con el cliente, a través de una nueva ley promovida por el diputado Edgardo Hernández Contreras.

En la sesión ordinaria de este jueves, el legislador integrante del Grupo Parlamenta­rio del Partido Verde presentó la iniciativa que abroga el arancel del abogado contenido en el decreto 225 expedido por la XLV Legislatur­a del Congreso del Estado, es decir, hace 50 años.

Dijo que la relación abogadocli­ente debe estar asentada, bajo la base fundamenta­l de la confianza, la honradez y el profesiona­lismo de quien representa los intereses de aquel, que se encuentra bajo la incertidum­bre de actos que pueden atentar contra su vida, sus bienes, su libertad o sus derechos.

Para ello, también es importante la certeza del costo, que dicha asesoría le supondrá tener que cubrir, aquí es donde radica el motivo de la presente iniciativa, una certidumbr­e tanto del abogado, que tendrá una base para el cobro de sus servicios, y del cliente que tendrá conocimien­to del valor del trabajo del profesiona­l del derecho.

“Resulta por demás anacrónico el decreto 225 expedido por la XLV Legislatur­a del Congreso del Estado que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 22 de agosto de 1968, y que contiene aranceles de abogados con cantidades liquidas que no se ajusta a la realidad actual, en relación a la que se vivía hace cincuenta años”, apuntó.

Añadió que “para efecto de que, ésta nueva ley, no vaya sufriendo las mismas consecuenc­ias que el arancel vigente, por el simple paso del tiempo, se propone actualizar las cantidades convirtién­dolas a la Unidad de Medida y Actualizac­ión (UMA) vigente al momento del cobro, que es la referencia económica en pesos, para determinar la cuantía del pago de las obligacion­es, establecid­a por el Instituto Nacional de Estadístic­a y Geografía”.

El arancel que se propuso, se aplicará, en aquellos casos en que, no se haya convenido las condicione­s de pago, el monto o los montos en un contrato de prestación de servicios profesiona­les entre el abogado-cliente, por lo que se respeta la supremacía de los pactos entre partes, pero integra como requisitos de certeza a los contratos, el que tengan que estar dispuestos por escrito y con requisitos mínimos que no tengan lugar a dudas sobre el costo de los servicios profesiona­les.

“Esta iniciativa, representa una herramient­a que dignifica el trabajo del abogado, que le da importanci­a a sus conocimien­tos en el campo del derecho, pero también, crea un vínculo de confianza con el cliente, que sabe desde antes lo que deberá cubrir económicam­ente a quien lo representa y lo defiende”, puntualizó.

EDGARDO HERNÁNDEZ CONTRERAS DIPUTADO

Resulta por demás anacrónico el decreto 225 expedido por la XLV Legislatur­a del Congreso del Estado que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 22 de agosto de 1968, y que contiene aranceles de abogados con cantidades líquidas que no se ajusta a la realidad actual, en relación a la que se vivía hace cincuenta años”

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