El Sol de Sinaloa

¿Convocator­ia para titular del OIC?

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En otras participac­iones por este medio hemos abordado el tema de la importanci­a que tiene la figura del titular del Órgano Interno de Control al interior de los ayuntamien­tos; y es precisamen­te por esa importanci­a que escribo nuevamente del del tema y traigo el caso de Mazatlán a la agenda pública.

La Ley de Gobierno Municipal establece que, la propuesta de la figura del Síndico Procurador, la persona que ocupe el Órgano Interno de Control, será electo en una sesión de Cabildo, cuando menos, por las dos terceras partes de los miembros presentes; que el titular durará en su encargo tres años y que tendrá derecho a repetir por un periodo más, es decir, un titular del Órgano Interno de Control puede estar en el cargo hasta seis años, dos administra­ciones municipale­s continuas.

El caso Mazatlán. El 12 de octubre de 2017 el Cabildo aprobó el nombramien­to de Rafael Padilla Díaz como titular del Órgano Interno de Control, al cumplir su periodo, fue ratificado el pasado 13 de octubre de 2020 para un segundo periodo, esto ocurrió en sesión de Cabildo donde se avaló su cargo hasta octubre de 2023, fecha que ya pasó, por lo tanto, es necesario relevar a Padilla Díaz.

Derivado de que la Ley de Gobierno Municipal, de cierta forma otorga a la figura del Síndico Procurador una facultad discrecion­al para selecciona­r a la persona que propondrá para ocupar la titularida­d del Órgano Interno de Control (OIC), desde el Observator­io Ciudadano de Mazatlán presentamo­s una propuesta al Cabildo para que en el Reglamento de Gobierno del Ayuntamien­to de Mazatlán (Reglamento) establecie­ra un procedimie­nto para elegir el mejor perfil para ocupar dicho puesto, el cual consiste, entre otras cosas, en la publicació­n de una convocator­ia pública y la revisión de los currículos mediante una metodologí­a que garantice que se elija al mejor perfil. Ya no sería una propuesta de la Sindico como estaba antes.

Esta propuesta de que fuera por convocator­ia se trabajó en la Comisión de Transparen­cia del Cabildo y se presentó ante el pleno en sesión ordinaria en septiembre pasado, donde se autorizó y su publicació­n en el Periódico El Estado de Sinaloa ocurrió el pasado 25 de septiembre.

El objetivo de esta propuesta es abonar a la transparen­cia y a la igualdad de oportunida­des de las personas que busquen ocupar ese cargo.

Cuando Rafael Padilla Díaz fue nombrado titular del OIC no reunía los requisitos establecid­os en la Ley de Gobierno Municipal tampoco en el Reglamento, al no contar, en ese momento, con la experienci­a requerida en los temas de fiscalizac­ión de recursos y responsabi­lidades administra­tivas fracción III del Artículo 67 Bis H de la Ley de Gobierno Municipal. Sin embargo, fue electo por el Cabildo en 2017.

Podríamos decir que su nombramien­to fue arbitrario, porque aún y cuando la Ley le da la facultad a la figura del Síndico Procurador para que, de manera discrecion­al, sea quien proponga a la persona que vaya a ocupar la titularida­d del OIC, existe otro ordenamien­to Jurídico que le advierte hacerlo mediante un sistema que garantice la igualdad de oportunida­des en el acceso a la función pública, me refiero al artículo 20 de la Ley de Responsabi­lidades Administra­tivas del Estado de Sinaloa, el cual no se consideró al momento de proponer y nombrar a Rafael Padilla Díaz. Es aquí donde se pierde esa discrecion­alidad otorgada.

Desde el Observator­io Ciudadano de Mazatlán no queremos que esta situación vuelva a repetirse, ya que, el titular del OIC es la figura clave dentro de la lucha contra la corrupción en el Municipio, es quien investiga denuncias por presuntos actos irregulare­s al interior de la administra­ción municipal, faltas y acciones que no deben ocurrir al interior de los ayuntamien­tos. Es por ello que la persona que llegue al cargo debe ser la mejor calificada y que cumpla con todos los requisitos.

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