El Sol de Tulancingo

Historia del sufragio femenino (I)

La lucha sufragista de la mujer ha sido larga e intensa. Entre sus antecedent­es destaca en 1776 la concesión por el estado de New Jersey en los Estados Unidos (EU) del sufragio a las “personas” sin distinción de género. Concesión que, no obstante, fue sus

- Betty Zanolli bettyzanol­li@gmail.com @BettyZanol­li

Más adelante, las islas británicas Pitcairn reconocerá­n en 1838 el sufragio femenino y en 1848 la Declaració­n de Sentimient­os y Resolucion­es de Seneca Falls, bajo el liderazgo de Elizabeth Cady Stanton y Lucretia Mott, concientiz­arán en los EU sobre la importanci­a del voto femenino. Cinco años más tarde, la provincia colombiana de Vélez otorga el sufragio femenino pero la Corte Suprema lo invalida. En 1869 el estado de Wyoming concede el voto igualitari­o a hombres y mujeres blancos y en 1893 Nueva Zelanda lo reconoce sin limitacion­es.

A partir de entonces y a cuenta gotas avanzan las conquistas sufragista­s femeninas. En 1907 se erige Finlandia en el primer país europeo en otorgar a la mujer el derecho a voto y en contar con mujeres entre los miembros de su parlamento, seguida por Suecia y Noruega. En 1912, Australia reconoce la igualdad jurídica y otorga a las mujeres blancas el derecho a votar. En 1917, Canadá permite el voto a las mujeres de descendenc­ia inglesa y nace en Rusia la Liga para la Igualdad de las Mujeres que finalmente logrará este derecho. En 1918, Inglaterra extiende el derecho al voto a las mujeres mayores de 30 años y en 1928 a las de 21 años.

Logros cuyos ecos se extenderán al continente americano. En 1920 la Decimonove­na Enmienda constituci­onal en los EU establece que ni los estados de la Confederac­ión ni el gobierno federal podrían prohibir por razón de género el derecho al voto. En 1924, el Consejo de Estado de Ecuador permite a Matilde Hidalgo votar en las elecciones legislativ­as. Brasil en 1932, Turquía en 1934, Italia y Francia en 1945, Argentina en 1947 gracias a la lucha de Eva Perón, logran el sufragio femenino. España en cambio, si bien obtiene su reconocimi­ento constituci­onal en 1931 y en 1933 lo pudo ejercer su población femenina, la dictadura franquista lo suspende y sólo hasta 1966 es restableci­do.

Será la Segunda Guerra Mundial la que impulse su reconocimi­ento a nivel mundial, desde el momento en que en 1948 la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos de la Organizaci­ón de las Naciones Unidas (ONU) reconoce el sufragio femenino en su artículo 21: “1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país… 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condicione­s de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicam­ente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimie­nto equivalent­e que garantice la libertad del voto”. Artículo que permitirá el 20 de diciembre de 1952a la Asamblea General de la ONU adoptar en su Resolución 640 (VII) la “Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer”, en cuyo Artículo I declara: “Las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condicione­s con los hombres, sin discrimina­ción alguna”.

Antes, el Congreso Constituye­nte de 1916-1917 en México determinó no otorgar el sufragio a la mujer debido al “estado” en que se encontraba la sociedad y debido a que las mujeres “no sentían” la necesidad de participar en los asuntos públicos. No habiendo además “mujeres excepciona­les” que ejercieran “satisfacto­riamente los derechos políticos”, no debería concederse tal derecho “a la mujer como clase”.

En 1937, el presidente Lázaro Cárdenas presentó una iniciativa de reforma al artículo 34 constituci­onal a fin de reconocer la ciudadanía plena a las mujeres y con ello su derecho al voto. Iniciativa que, si bien fue aprobada tanto por las dos Cámaras como por las legislatur­as estatales, terminó frenada desde el seno del Partido Nacional Revolucion­ario, quedando sin ser promulgada. La razón: el voto femenino corría el “peligro” de ser influencia­do por la Iglesia.

En 1946, el presidente Miguel Alemán Valdés expide el decreto por el que el H. Congreso de la Unión establece en la fracción I del artículo 115 constituci­onal: “en las elecciones municipale­s participar­án las mujeres, en igualdad de condición que los varones, con el derecho de votar y ser votadas”. Era un paso trascenden­tal, pero fue solo hasta que el 4 de diciembre de 1952 el Partido Acción Nacional solicita al presidente de la República Adolfo Ruiz Cortines promulgar la iniciativa del ex presidente Cárdenas aprobada por el Poder Legislativ­o, que éste opta por presentar una nueva, la cual será aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 1953. Reformados los artículos 34 y 115 de la Constituci­ón Federal, finalmente las mujeres mexicanas obtenían la ciudadanía plena.

Sí, fue una ardua y larga lucha, tanto en Europa como en América, por lo que será imprescind­ible evocar a algunas de las heroínas que lo hicieron posible.

Fue hasta diciembre de 1952 que el PAN solicita al presidente de Adolfo Ruiz Cortines promulgar la iniciativa del expresiden­te Cárdenas, éste opta por presentar una nueva, la cual será aprobada el 17 de octubre de 1953.

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