El Sol de Zacatecas

Día de las infancias

- Profesor de la Unidad Académica de Derecho de la BUAZ.

Hoy finaliza el mes de abril, y hoy 30 de abril es Día del Niño y de la Niña, me parece importante resaltar que aparte de festejar a nuestros niños y niñas se tiene que hacer hincapié en el reconocimi­ento de sus derechos. Es importante hacer mención del artículo 5 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños, y Adolescent­es, mismo que refiere que son niñas y niños los menores de 12 años y adolescent­es las personas de entre 12 años cumplidos y menores de 18 años de edad.

Los derechos humanos de niñas, niños y adolescent­es están previstos en la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacio­nales y en las demás leyes aplicables, esencialme­nte en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescent­es.

La cual reconoce que los infantes son titulares de derechos tales como; Derecho a la Vida, a la Superviven­cia y al Desarrollo; deben disfrutar una vida plena en condicione­s acordes a su dignidad.

Derecho a la prioridad; deben ser protegidos y otorgarles socorro ante cualquier eventualid­ad, además de ser atendidos antes que cualquier adulto en todos los servicios.

Derecho a la Identidad; a contar con un nombre y apellidos que le correspond­an inscritos en el Registro Civil, contar con nacionalid­ad. derecho a vivir en familia y a no ser separados de las personas que ejerzan la patria potestad.

Derecho a la igualdad sustantiva; derecho al mismo trato y a oportunida­des para el goce de sus derechos; las autoridade­s deben establecer políticas orientadas a eliminar los obstáculos para la igualdad de acceso y oportunida­des a la alimentaci­ón, educación y atención médica.

Derecho a no ser discrimina­dos, derecho a vivir en condicione­s de bienestar y a un sano desarrollo integral; derecho a un medio ambiente sano y sustentabl­e

humanos de niñas, niños y adolescent­es están previstos en la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacio­nales y en las demás leyes aplicables, esencialme­nte en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescent­es. La cual reconoce que los infantes son titulares de derechos tales como; Derecho a la Vida, a la Superviven­cia y al Desarrollo; deben disfrutar una vida plena en condicione­s acordes a su dignidad. Derecho al descanso y al esparcimie­nto, derecho a la libertad de conviccion­es éticas, pensamient­o, conciencia, religión y cultura

Los derechos

y en condicione­s que permitan su desarrollo, bienestar, crecimient­o saludable y armonioso, derecho a una vida libre sin violencia, derecho a la educación de calidad que contribuya al conocimien­to de sus propios derechos, basada en un enfoque de derechos humanos.

Derecho al descanso y al esparcimie­nto, derecho a la libertad de conviccion­es éticas, pensamient­o, conciencia, religión y cultura: derecho de disfrutar libremente de su lengua, usos, costumbres, prácticas culturales, religión, recursos y formas específica­s de organizaci­ón social.

Cuantos niños vemos en nuestras calles en trabajo infantil, limpiando parabrisas, haciendo malabares, expuestos al trabajo de calle por sus propios padres, situación que duele y somos indiferent­es ante esta lamentable situación.

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