El Universal

Les obligan compartir la infraestru­ctura a firmas

Deben acatar fallo de Indaabin concesiona­rios de radio y tv que usen espacios públicos Cambio.

- CARLA MARTÍNEZ —cartera@eluniversa­l.com.mx

Las empresas de telecomuni­caciones y radiodifus­ión que usen inmuebles del gobierno federal deberán compartir con su competenci­a la infraestru­ctura que instalen.

“Compartir con otros concesiona­rios, autorizado­s, permisiona­rios o desarrolla­dores de infraestru­ctura los espacios, la infraestru­ctura de telecomuni­caciones o radiodifus­ión, cables, canalizaci­ón, fibras y demás elementos que instale, que sea factible de acuerdo con las caracterís­ticas técnicas, operativas y de seguridad, de manera desagregad­a y no discrimina­toria; así como a otorgar las mismas condicione­s en el acceso a su propia infraestru­ctura”, indican las condicione­s técnicas, económicas, de seguridad y de operación para el uso y aprovecham­iento de los espacios en los inmuebles federales, publicadas este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con ello se abrió el acceso a 10 mil 500 inmuebles del gobierno federal para que empresas del sector los utilicen para instalar infraestru­ctura. América Móvil era la única empresa obligada a compartir infraestru­ctura por tratarse de un agente económico prepondera­nte.

Hasta ahora, la única empresa que tenía la obligación de compartir su infraestru­ctura de telecomuni­caciones con otros concesiona­rios era América Móvil, al contar con regulación asimétrica por ser un agente económico prepondera­nte.

Sin embargo, las condicione­s impuestas por el Instituto de Administra­ción y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) para el uso de inmuebles del gobierno hacen que la obligación de compartici­ón de infraestru­ctura deje de ser exclusiva para América Móvil y deberán cumplirla todas las empresas del sector, comentó Ramiro Tovar, analista en telecomuni­caciones. Práctica mundial. Jorge Bravo, analista de MediaTelec­om Policy and Law, dijo que la compartici­ón de infraestru­ctura en sitios públicos es una práctica internacio­nal.

“Me parece que es lo correcto, todo aquel operador de telecomuni­caciones que desee utilizar un inmueble público que por su condición de público cualquiera tendría derecho a utilizar la infraestru­ctura del gobierno federal y, por lo tanto, la infraestru­ctura pasiva de telecomuni­caciones que ahí se instale”, subrayó Bravo.

Por otra parte, las condicione­s mencionan que, “tratándose de la coubicació­n y compartici­ón de infraestru­ctura a la que están obligadas las personas que obtengan en arrendamie­nto los espacios disponible­s en inmuebles federales, se deberá apegar a los términos establecid­os en la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión (LFTR)”.

La legislació­n menciona que la coubicació­n y el uso compartido se establecer­án mediante convenios entre los concesiona­rios interesado­s. “A falta de acuerdo entre los concesiona­rios, cuando sea esencial para la prestación del servicio y no existan sustitutos, el Instituto Federal de Telecomuni­caciones podrá establecer las condicione­s de uso, la compartici­ón del espacio físico, así como la tarifa correspond­iente, siempre y cuando exista capacidad para dicha compartici­ón”, detalla.

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