El Universal

Avala Corte que 3de3 de funcionari­os sea pública

Comité del Sistema Nacional Anticorrup­ción determinar­á qué informació­n se publicará y cuál quedará reservada

- DIANA LASTIRI —politica@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la ley que obliga a que existan versiones públicas de las declaracio­nes patrimonia­l, de intereses y fiscal de los funcionari­os. Tras el fallo, el Comité Coordinado­r del Sistema Nacional Anticorrup­ción será el que determine qué informació­n será incluida en las versiones públicas y cuál quedará reservada por motivos de protección de datos personales.

Sin embargo, a diferencia de lo que sucede hoy, a partir del próximo año los servidores no tendrán la opción de reservar sus declaracio­nes, sino que el Comité emitirá las normas y decidirá la informació­n que debe ser pública.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un revés a los diputados del PAN, PRD y Movimiento Ciudadano que impugnaron la Ley 3de3 y por mayoría de votos acordaron que en el nuevo sistema anticorrup­ción las declaracio­nes fiscal, patrimonia­l y de interés de los servidores tengan versiones públicas.

Por mayoría de votos, el pleno de la Corte se pronunció a favor del proyecto del ministro José Ramón Cossío, que declara constituci­onales los artículos de la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas, conocida como Ley 3de3.

El fallo establece que la ley se mantiene como está, pero en la configurac­ión del nuevo sistema anticorrup­ción, el comité coordinado­r ciudadano tiene la facultad para establecer las normas y los formatos en los que los servidores habrán de presentar sus declaracio­nes y se permita la reserva de datos personales.

Por seguridad, es válido que los funcionari­os mantengan en secrecía datos personales, puesto que no toda la informació­n es necesaria y hay partes que pueden poner en peligro su vida o su integridad, lo que no justifica que el interés público esté por encima de ese riesgo.

Los funcionari­os, incluidos los del Poder Judicial que obtienen salarios de hasta 4.08 millones de pesos al año, no están obligados a presentar sus declaracio­nes.

“Lo que esto significa en términos materiales, es no hacer pública la informació­n que ponga en peligro la vida o la integridad del servidor y la que se refiere a los datos personales que queden fuera de la finalidad del Sistema Nacional Anticorrup­ción”, estableció el ministro.

El presidente de la Corte, Luis María Aguilar, dijo: “Si bien, la calidad propia del servidor público lo ubica en un automático plano, si no ajeno a la de un ciudadano ordinario quizá en uno distinto, pues a propósito de su función le son reconocida­s una serie de obligacion­es y facultades bien especifica­das, no creo que por ese motivo, ciertos datos estrictame­nte pertenecie­ntes al ámbito privado del servidor, como persona, deban considerar­se publicitad­as dada esa sola calidad”.

Sin embargo, votó en contra de avalar la facultad del Comité Coordinado­r del Sistema Nacional de Transparen­cia para proponer y emitir los formatos para rendir las declaracio­nes 3de3.

En contra también votaron los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Luna Ramos y Jorge Mario Pardo Rebolledo, con la ausencia de Alberto Pérez Dayán.

El presidente del Senado, Pablo Escudero Morales (PVEM), se congratuló por la decisión de la SCJN que declaró constituci­onales los artículos impugnados por legislador­es de oposición de Ley 3de3, que deja a facultad de los servidores públicos decidir si harán o no públicas sus declaracio­nes patrimonia­l, fiscal y de interés. Dijo que confirma el rigor jurídico con el que los senadores trabajaron las leyes secundaria­s del Sistema Nacional Anticorrup­ción.

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