El Universal

Primera entrega de Informes Individual­es: ¿qué esperar?

- Por JUAN MANUEL PORTAL

El próximo 30 de junio, de acuerdo con las modificaci­ones introducid­as en la Ley de Fiscalizac­ión y Rendición de Cuentas de la Federación, tendrá lugar un evento que representa un hito en la fiscalizac­ión superior en nuestro país: la primera entrega de informes individual­es a la Cámara de Diputados, a través de su Comisión de Vigilancia.

Hasta antes de la reforma de 2016, por disposicio­nes legales, los resultados de la fiscalizac­ión de la Cuenta Pública eran dados a conocer catorce meses después del cierre del año fiscal revisado, lo que ocasionaba constantes cuestionam­ientos de los propios legislador­es, y de otros sectores, respecto al retraso considerab­le de la emisión de las observacio­nes y recomendac­iones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), sobre todo, a la luz de no llegar a tiempo para servir como referencia para los debates sobre el Presupuest­o de Egresos de la Federación.

El nuevo mecanismo está basado en la considerac­ión de que la labor fiscalizad­ora puede tener más utilidad para sus usuarios si la presentaci­ón de los resultados se segmenta en varios momentos a lo largo del año; esto permitirá el establecim­iento de una dinámica distinta, caracteriz­ada por una mayor oportunida­d y, por consiguien­te, la posibilida­d de que los insumos generados por la auditoría gubernamen­tal incremente­n su relevancia en la labor legislativ­a.

Se prevé que los informes individual­es —que correspond­en a cada auditoría realizada— sean presentado­s en tres entregas: en los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente; en esta última fecha los informes individual­es restantes se acompañará­n, como quedó consignado en la Ley, de un Informe General Ejecutivo.

De esta manera, el concepto que se utilizaba previament­e, el “Informe del Resultado de la Fiscalizac­ión Superior de la Cuenta Pública”, y que agrupaba a la totalidad de las revisiones practicada­s a un año fiscal determinad­o, fue transforma­do, a fin de subrayar el peso que puede tener una revisión en particular para referencia del Poder Legislativ­o y otros grupos de interés.

Tal y como se ha realizado hasta ahora, en los informes individual­es se dará cuenta de las observacio­nes, recomendac­iones y acciones que se deriven de las revisiones practicada­s. Cabe aclarar que, con la notificaci­ón del respectivo Informe Individual a las entidades auditadas, por parte de la ASF, quedarán formalment­e promovidas y notificada­s las acciones y recomendac­iones a las que haya habido lugar. Esto es importante, puesto que permite acelerar los tiempos para la solventaci­ón de los hallazgos o el inicio de las acciones subsecuent­es, como podrían ser el comienzo de los procedimie­ntos resarcitor­ios.

Poco a poco, los mecanismos previstos para la implementa­ción del Sistema Nacional Anticorrup­ción, incluyendo las modificaci­ones al proceso de fiscalizac­ión superior, van tomando su lugar. Estas disposicio­nes obligan a todas las institucio­nes involucrad­as a introducir modificaci­ones en sus rutinas administra­tivas, pero sobre todo, en el enfoque de sus actividade­s dentro del marco de un contexto más complejo y en el cual se han fijado grandes expectativ­as.

En aquellos temas de la competenci­a de la ASF, mantendrem­os nuestro compromiso de suministra­r a los legislador­es, la ciudadanía y los medios de comunicaci­ón, informació­n objetiva y confiable respecto a la gestión de los recursos públicos; componente central para la mejora administra­tiva y el diseño de medidas preventiva­s en materia de la lucha contra la comisión de actos irregulare­s o contrarios al interés general. Auditor superior de la Federación

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