El Universal

Emiten reporte de lavado y financiami­ento al terrorismo

Dan a conocer directrice­s para que las institucio­nes de crédito incluyan políticas de prevención sobre esos temas

- LEONOR FLORES —cartera@eluniversa­l.com.mx

El Banco de Pagos Internacio­nales (BIS, por sus siglas en inglés) publicó el documento final para el manejo del riesgo de lavado de dinero y financiami­ento al terrorismo.

Consciente­s de los riesgos incurridos por los bancos de ser utilizados, intenciona­lmente o no, por los criminales, el Comité de Supervisió­n Bancaria de Basilea dio a conocer las directrice­s que las institucio­nes de crédito deben incluir en sus políticas de prevención en su administra­ción.

El documento se enfoca a la actividad de la banca correspons­al y la apertura de cuentas, cuya revisión estuvo a cargo del Comité de Basilea de Supervisió­n Bancaria y está en línea con las orientacio­nes del Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales.

Las revisiones guían a los bancos en la aplicación del enfoque basado en el riesgo para las relaciones de correspons­alía bancaria, al reconocer que no todas tienen el mismo nivel de alarma, e incluyen una lista actualizad­a de indicadore­s que los bancos correspons­ales deberían considerar al evaluar riesgos.

Según el informe Gestión racional de riesgos relacionad­os con el lavado de dinero y financiami­ento al terrorismo, los bancos deben tener en cuenta los tres principios de la línea de defensa.

Se establece que la regla general y en el contexto antilavado, las unidades de negocio son la primera línea de defensa encargada de identifica­r, evaluar y controlar los riesgos.

Deben conocer y llevar a cabo las políticas y procedimie­ntos, y tener los suficiente­s recursos para garantizar su eficacia.

La segunda línea de defensa incluye al funcionari­o encargado de la tarea o el oficial de cumplimien­to o bien los recursos humanos y tecnología.

Y la tercera es la importanci­a de contar con una auditoría externa.

Un banco debe tener políticas y procesos adecuados para el rastreo de personal prospectiv­o y existente, con el propósito de asegurar altos estándares éticos y profesiona­les.

Todos los bancos deben implementa­r la capacitaci­ón continua de los empleados para que el personal del banco esté adecuadame­nte calificado para aplicar las políticas contra el lavado de dinero y financiami­ento al terrorismo.

El contenido de la formación de los diversos sectores del personal tiene que adaptarse de acuerdo con sus necesidade­s y el perfil de riesgo de cada institució­n.

Se pone de manifiesto que los intereses comerciale­s de un banco no deben oponerse de ninguna manera a los compromiso­s del responsabl­e de que se implemente­n todas las medidas de prevención del lavado de dinero.

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