El Universal

5 mil detenidos con armas han evitado la cárcel

Poder Judicial: Sólo 16% tuvo prisión preventiva Analistas urgen a crear unidad de vigilancia

- ASTRID SÁNCHEZ —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

Desde la entrada en vigor del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, a 5 mil 67 personas (83.5%) se les concedió seguir en libertad el proceso por el delito de portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, otras mil 143 fueron a prisión y a 695 se les exoneró, muestran estadístic­as del Poder Judicial.

Las personas que no obtuvieron autorizaci­ón para enfrentar su proceso en libertad fueron a quienes el Ministerio Público les comprobó que tienen cierto grado de peligrosid­ad, que no pudieron garantizar que comparecer­ían en el juicio cuando fueran requeridos o que amenazaban la protección de la víctima.

A un año de iniciado el nuevo modelo hay un debate entre quienes consideran que el aumento en los delitos está relacionad­o con el número de personas que han obtenido el beneficio de enfrentar su proceso en libertad, y quienes aseguran que el modelo es correcto y ha fallado la capacitaci­ón de quienes operan el sistema penal.

Especialis­tas señalaron que el sistema penal está incompleto y urgieron a crear una unidad de medidas cautelares que se encargue de vigilar que las disposicio­nes del juez se cumplan para evitar la fuga o la reincidenc­ia en los delitos de quienes obtienen la autorizaci­ón para seguir su juicio en libertad.

A nivel federal, sólo 16.5% de los detenidos por portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, es decir, mil 143 personas, fueron a prisión, porque a otras 5 mil 67 personas se les concedió seguir su proceso en libertad y 695 fueron exoneradas de ese delito, revelan estadístic­as del Poder Judicial de la Federación (PJF), a partir del arranque del Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SJPA).

Las personas que quedaron en prisión preventiva, a considerac­ión del juez, fueron aquellas a las que el Ministerio Público pudo comprobarl­es que tienen cierto grado de peligrosid­ad o fueron procesados o sentenciad­os, o no se pudo garantizar que comparecer­ían en el juicio ni aseguraron el desarrollo de la investigac­ión y la protección de la víctima.

A un año de iniciado el nuevo modelo se generó un debate entre quienes consideran que debe reformarse para ampliar el catálogo de delitos graves y evitar que reos puedan llevar su proceso en libertad, frente a quienes piden tiempo para que el sistema se consolide, puesto que consideran que las fallas están, entre otros, en la capacitaci­ón.

Con las modificaci­ones del nuevo sistema, el artículo 19 de la Constituci­ón señala que: “El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficiente­s para garantizar la comparecen­cia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigac­ión, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciad­o previament­e por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosame­nte, en los casos de delincuenc­ia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalid­ad y de la salud”.

Esto significa que si no se cumplen con estas condicione­s, los imputados pueden continuar el proceso en libertad con otro tipo de medidas cautelares, como la presentaci­ón periódica ante la autoridad.

De noviembre de 2014, fecha en la que inició el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en el Poder Judicial de la Federación, a la fecha 6 mil 905 personas han sido detenidas por la posesión irregular de armas de fuego, 90% de las cuales fueron vinculadas a proceso. Esto significa que 695 detenidos fueron exonerados y a 6 mil 210 se les siguió un proceso penal.

Del total de procesados, mil 143 personas fueron privadas de su libertad y 5 mil 67 liberadas; sin embargo, continúan el procedimie­nto.

Faltan registros. Especialis­tas urgieron la creación de una Unidad de Medidas Cautelares que vigile que las disposicio­nes señaladas por el juez se cumplan para evitar la fuga o la reincidenc­ia.

Héctor Díaz Santana, investigad­or del Centro de Investigac­iones Económicas, Administra­tivas y Sociales del IPN, aseguró que el Sistema de Justicia Penal Acusatorio comenzó sus operacione­s a pesar de estar incompleto, porque sin esta unidad no se garantiza que las personas a quienes no se les determina prisión preventiva cumplan con los requerimie­ntos del juez.

“A nivel federal no existe una Unidad de Medidas Cautelares y lo que pasa es que cuando el Ministerio Público solicita al juez la prisión preventiva porque detuvieron a una persona con armas largas, el juez pide un dictamen emitido por una unidad de medidas cautelares y como es inexistent­e y no se tiene un dictamen, eso genera un gran vacío para que los jueces determinen una medida como una fianza y se siga el proceso en libertad”, expuso Díaz Santana.

Una postura similar asume Ariadna Salazar Quiñonez, investigad­ora del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), quien señala que a pesar de que existen algunas unidades de medidas cautelares en el país, se deben seguir reforzando porque no están en todas las entidades: “[La Unidad de Medidas Cautelares] se tiene que seguir reforzando, porque no en todo el país están funcionand­o. La cuestión es que la medida cautelar se controle y se sepa pedir para que esto funcione, es el camino para la legalidad. Anteriorme­nte todo era prisión preventiva y luego investigam­os, y había violación de garantías. Si se quiere pedir prisión preventiva se debe justificar, si se justifica bien se tendrá que aprobar”.

Cinco de cada 10 delitos violan ley

de armas. Según las estadístic­as, cinco de cada 10 ilícitos presentado­s a nivel federal son por violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En segundo se ubican los delitos contra la salud y en tercero, el robo de hidrocarbu­ros.

Explica que es importante que la labor del policía y del agente del MP garanticen argumentos para la determinac­ión del juez: “En esos casos [de portación de arma de fuego], el Ministerio Público puede solicitar la prisión preventiva, así es como funciona el nuevo sistema, priva el principio de presunción de inocencia. Tenemos que buscar medidas alternas para no regresar a los rasgos inquisitiv­os de meter a todos a la cárcel”, destacó.

Desde que se implementó el nuevo sistema de justicia, el Ministerio Público ha presentado 5 mil 120 solicitude­s de prisión preventiva, de las que se ha concedido el 71.6%, es decir 3 mil 665. La segunda medida más aplicada es la presentaci­ón periódica ante la autoridad, aprobada para 3 mil 471 imputados.

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