El Universal

Restringir matrimonio a la “unión entre hombre y mujer con fines reproducti­vos” es inconstitu­cional, acusa CNDH

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

Durante la primera sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los ministros discutirán la legalizaci­ón de los matrimonio­s entre personas del mismo sexo en Puebla.

Hasta hoy las parejas del mismo sexo pueden contraer nupcias en Puebla mediante la tramitació­n de un amparo.

Este martes los ministros iniciarán el estudio de la acción de inconstitu­cionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo 300 del Código Civil estatal que establece que el hombre y la mujer no pueden casarse antes de cumplir 18 años.

La limitación de que el matrimonio se contrae entre personas de distinto sexo fue considerad­a por la CNDH como discrimina­toria.

“Considera las restriccio­nes al ejercicio de derechos humanos, las cuales en esencia consisten en excluir de la celebració­n de la figura del matrimonio a parejas del mismo sexo, al mantener intacta la porción normativa que establece ‘el hombre y la mujer’”, indicó la comisión.

En su demanda, la CNDH refirió que la declarator­ia de inconstitu­cionalidad impactaría directamen­te en el artículo 294 del mismo ordenamien­to, que define al matrimonio como un contrato civil por el que “un solo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia”.

Argumentó que los ministros deben considerar que la invalidez del artículo 300 se debe a la parte que indica “el hombre y la mujer”, lo que traería como consecuenc­ia la invalidez de la definición del matrimonio entre hombre y mujer con fines de procreació­n.

El asunto está en la ponencia del ministro Eduardo Medina Mora y será el primero que el pleno analice, luego de dos semanas de periodo vacacional.

La última semana de labores del máximo tribunal se pronunciar­on por invalidar la definición del matrimonio entre hombre y mujer con fines de procreació­n que establecía el Código Civil en Chiapas.

De resolver los ministros el caso de Puebla, en el mismo sentido que el de Chiapas, serían cuatro estados los que por una acción de inconstitu­cionalidad tienen la puerta abierta para la celebració­n de los matrimonio­s entre personas del mismo sexo.

Hasta hoy, además de Chiapas, los estados en este supuesto son Jalisco y Colima, que posteriorm­ente formalizó la legalizaci­ón del matrimonio gay en sus leyes locales.

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