El Universal

Acreditan violación de INM y Comar a 16 inmigrante­s

• CNDH: agraviados permanecie­ron en estación migratoria como detenidos

- DENNIS A. GARCÍA —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) concluyó que hubo violacione­s por parte del Instituto Nacional de Migración (INM) y de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) a un grupo de 16 víctimas.

Al presentar la recomendac­ión 35/2017, se informó que hubo violacione­s a las garantías a la seguridad jurídica y legalidad, libertad personal, así como al principio del interés superior de la niñez que habían solicitado el reconocimi­ento de condición de refugiado. Los casos ocurrieron entre 2015 y 2016. De acuerdo con la CNDH, los agraviados permanecie­ron en una estación migratoria como detenidos, cuando debían permanecer en un refugio a la espera del proceso.

Al dar a conocer la recomendac­ión, Édgar Corzo Sosa, quinto visitador de la CNDH, informó que, de acuerdo con informació­n estadístic­a publicada por la Comar, en los últimos cuatro años se ha reflejado un incremento en el número de solicitant­es de la condición de refugiado, equivalent­e a 578%.

Durante los primeros nueve meses de 2017, se han presentado 10 mil 262 personas solicitand­o protección internacio­nal en nuestro país, de las que sólo se han otorgado mil 909. Mientras que en 2016 se otorgó la condición de refugiado a 3 mil 78 personas. “La mayoría de las solicitude­s iniciadas son de personas que provienen de los países que integran el Triángulo Norte de Centroamér­ica: Guatemala, Honduras y El Salvador. En su mayoría salen de su país, derivado de insegurida­d y violencia, reclutamie­nto forzado y amenazas”, explicó.

El documento menciona que, en el caso de las 16 víctimas, se acreditó que no se les informó adecuadame­nte sobre el procedimie­nto y plazos para ser reconocido­s como refugiados. “Por lo que hace a la asesoría, representa­ción y atención durante la tramitació­n de su procedimie­nto de reconocimi­ento de la condición de refugiado, en la presente recomendac­ión se acreditó que las víctimas de los casos analizados no contaron con esa asistencia”, dijo. En el caso de siete víctimas, la Comar determinó negar el reconocimi­ento del estatus sin realizar una valoración del interés superior de la niñez. Además, omitió notificarl­es la resolución dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión.

En uno de los casos, el INM determinó deportar a la persona a su país de origen y le impuso como sanción no poder ingresar a México durante un año; “esa resolución se considera excesiva”.

Se acreditó que en las entrevista­s a tres de las víctimas no estuvieron presentes sus padres.

En el documento se recomendó a la Comar y al INM que garanticen que ningún solicitant­e del reconocimi­ento de la condición de refugiado se encuentre detenido en un recinto migratorio.

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A las 16 víctimas no se les informó adecuadame­nte sobre el procedimie­nto y plazos para ser reconocido­s como refugiados.

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