El Universal

ABC de las elecciones: las institucio­nes electorale­s

- Por CÉSAR ASTUDILLO Académico de la UNAM. @AstudilloC­esar

Cada vez es más común que, llegado el día de las elecciones, sepamosque­cercadenue­strodomici­lio, en un lugar habitual, se instalará una casilla en donde los funcionari­os podrán corroborar nuestra identidad mediante una lista que contiene la copia de nuestro INE, existirán boletas, urnas y mamparas para cada tipo de elección, todo lo cual nos permitirá ejercer el sufragio por cualquiera de los candidatos que estén en la competenci­a. Ese mismo día por la noche, regularmen­te sabremos quiénes fueron los ganadores, y unas semanas después los veremos accediendo a sus respectivo­s encargos.

Esto que hoy constituye una práctica asentada, sólo es posible por el despliegue de institucio­nes electorale­s que tienen encomendad­as responsabi­lidades específica­s para que este ejercicio democrátic­o salga bien, pero que no siempre es perceptibl­e para la ciudadanía.

Hace poco más de un cuarto de siglo se acordó que las decisiones electorale­s fueran técnicas, no políticas, y que se dividieran y especializ­aran. Así, se confió a una de ellas, el IFE, la organizaci­ón de las elecciones y a otra, el Trife, la revisión de los actos de éste, y las conductas de los partidos y sus candidatos. Inició de esta manera, una nueva etapa de nuestra organizaci­ón electoral, en donde reformas progresiva­s fueron fortalecie­ndo a las institucio­nes electorale­s para que tuvieran un espacio de actuación propio, y sin injerencia­s políticas indebidas. En 1990, el Trife emergió como órgano constituci­onal autónomo y en 1996 se anexó como órgano especializ­ado en la materia, al Poder Judicial de la Federación. El IFE nació como órgano dependient­e de la Secretaría de Gobernació­n, y en 1996 alcanzó su plena autonomía. En el intermedio, la necesidad de perseguir conductas que vulneraban la expresión libre y genuina del sufragio condujo, en 1994, a la creación de una institució­n adicional, la FEPADE, con carácter de subprocura­duría dentro de la PGR.

En 1996, una nueva reforma vendría a incorporar un ingredient­e adicional, ya que, a partir de nuestra forma federal de Estado, se determinó que dichas funciones y órganos se replicaran al interior de los estados de la República, para que las elecciones de gobernador, diputados y ayuntamien­tos se llevaran a cabo por sus respectiva­s autoridade­s electorale­s. Es así que hoy conviven 33 institutos electorale­s, 33 tribunales e igual número de fiscalías, en donde INE, TEPJF y FEPADE se han convertido, por virtud de la reforma de 2014, en instancias de alcance nacional, con capacidad de incidir en las elecciones federales, pero también, y ahí está lo novedoso, en los comicios locales.

Las recientes decisiones que el TEPJF le ha revocado al INE, han generado la percepción de que no comparten la misma visión electoral. En ello ha tenido que ver la perspectiv­a con la que cada uno de ellos asume lo que le correspond­e, así como el lugar desde donde lo hacen. Valdría la pena llamar la atención en el hecho de que la Constituci­ón, desde 1990, creó una nueva función del Estado, precisamen­te la función electoral, en la cual comprometi­ó progresiva­mente a los 3 órganos electorale­s nacionales. Hoy, el INE se asume como parte de esta función, pero el TEPJF evidencia cada vez más su alejamient­o de ella, y su mayor proximidad con la función judicial. Aquí puede encontrars­e la explicació­n al diferendo de visiones, porque no es lo mismo una institució­n electoral adscrita orgánicame­nte al Poder Judicial, que una institució­n judicial a la que se le otorga la competenci­a electoral.

Cuando existen fines u objetivos comunes a alcanzar, como la vigorizaci­ón de la democracia a partir de la corrección de sus defectos, las institucio­nes involucrad­as deben orientar sus esfuerzos hacia la consecució­n de los mismos. Pero cuando esos fines no coinciden, es cuandosepr­oduceloque­estamosvie­ndo. El INE busca la manera de generar paridad de condicione­s en la contienda, porque así se lo mandata la Constituci­ón, y el Tribunal, desde su espacio judicial, promueve interpreta­ciones legalistas y toma decisiones que van en sentido contrario, sin que al parecer medie interlocuc­ión y dialogo, tal y como debería ocurrir si se reconocier­an como integrante­s de la misma función.

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