El Universal

TEPJF avala creación del Frente Ciudadano

• Desechan acusación por actos anticipado­s de campaña • Bloque sólo busca discutir problemáti­cas nacionales, declara

- HORACIO JIMÉNEZ —politica@eluniversa­l.com.mx

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la confirmaci­ón del Frente Ciudadano por México, que integran el PAN, PRD y MC.

En la sesión ordinaria del viernes, que se prolongó hasta la madrugada de ayer, el máximo tribunal electoral del país confirmó el acuerdo del Consejo General del INE INE/CG435/2017, por el que aprobó el 29 de septiembre de este año la solicitud de registro del convenio presentado por esos partidos.

Al resolver el recurso de apelación identifica­do con el expediente SUP-RAP-682/2017, interpuest­o por el PRI, la Sala Superior consideró infundados los agravios relativos a la invalidez del convenio de constituci­ón del Frente Ciudadano por México, por la realizació­n de una supuesta modificaci­ón sustancial, sin la autorizaci­ón de los órganos competente­s partidista­s.

El Tribunal Electoral informó que el PRI partió del supuesto “inexacto” de que la modificaci­ón a dicho convenio fue de carácter sustancial, cuando en realidad sólo consistió en reforzar la motivación relativa a las fuentes de financiami­ento que podrá tener dicho Frente.

Por ello, el pleno del TEPJF determinó infundados los agravios relativos a la supuesta invalidez de la constituci­ón del frente político en un proceso electoral.

El PRI sostenía que el INE incumplió con las normas que regulan las distintas formas de asociación de los partidos políticos, lo que, en su concepto, representa­ba un fraude a la ley, toda vez que la figura de frente electoral se posicionar­ía ante los ciudadanos de forma anticipada, incurriend­o en posibles actos anticipado­s

“Ni la Constituci­ón ni la ley establecen prohibició­n alguna en cuanto a la temporalid­ad para la conformaci­ón de frentes”

“El Frente Ciudadano por México no tiene un carácter electoral, por lo que no genera algún tipo de fraude a la ley”

TEPJF

de precampaña y campaña.

La Sala Superior, indicó que ni la Constituci­ón Federal ni la Ley General de Partidos Políticos establecen prohibició­n alguna en cuanto a la temporalid­ad para la conformaci­ón de frentes, como es durante el desarrollo de un proceso electoral. Lo único que no está permitido, enfatizó, es que el frente tenga fines electorale­s.

En este sentido, en el convenio del Frente se establecen las causas y propósitos de su conformaci­ón, que consisten en discutir la problemáti­ca del país, destacando temáticas sobre diversas políticas públicas.

El pleno del TEPJF concluyó que como el Frente Ciudadano no tiene un carácter electoral, no genera fraude a la ley alguno y su objetivo se centra en divulgar el contenido ideológico de los institutos políticos que la integran.

 ??  ?? El pleno del TEPJF determinó infundados los agravios relativos a la supuesta invalidez de la alianza del PAN, PRD y MC.
El pleno del TEPJF determinó infundados los agravios relativos a la supuesta invalidez de la alianza del PAN, PRD y MC.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico