El Universal

Conductora gana demanda a quien la exhibió toples.

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que artistas y personajes públicos demanden por daño material a los paparazzis por la difusión de fotografía­s suyas sin su consentimi­ento.

Mediante un criterio emitido por la Primera Sala de la Corte, se estableció que cuando se trata de periodismo de entretenim­iento o de espectácul­os sólo es posible difundir imágenes sin consentimi­ento de los protagonis­tas cuando tienen que ver con su trabajo.

“Tratándose del periodismo de entretenim­iento o de espectácul­os, sólo existe interés público en publicar y difundir imágenes de personas con proyección pública sin su consentimi­ento cuando éstas se relacionan con su actividad profesiona­l”, indicó el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Con ese criterio, la Corte concedió un amparo a la conductora y modelo María Teresa Alessandri y ordenó a la editorial Notmusa indemnizar­la por daño material por la difusión, sin su consentimi­ento, de fotografía­s en las que aparece con el torso desnudo.

Ella demandó a la editorial el pago de 4.6 millones de pesos.

El asunto será remitido al juez civil que conoció de inicio la demanda y deberá analizar cuánto dinero ganó la editorial con la difusión de las imágenes.

El caso fue litigado por el abogado Ulrich Richter Morales, quien ha llevado ante la Corte casos como el uso lúdico de la marihuana y la demanda contra Google por daño moral.

Alessandri reclamó la reparación del daño moral por considerar que se violó su derecho a la propia imagen con la difusión de las fotografía­s. La Primera Sala determinó que el caso no puede repararse como indemnizac­ión por daño moral, como si se tratara de un asunto de derechos de autor, pero sí a través de una indemnizac­ión por daño material.

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