El Universal

Comunicaci­ón restringid­a y brazalete para Elba Esther

• Las autoridade­s le quitarán visas y pasaporte para evitar que se fugue • La ex lideresa es vigilada las 24 horas y tiene régimen de visitas controlado

- MANUEL ESPINO —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

Portar el brazalete electrónic­o y restricció­n en todo tipo de comunicaci­ones es la forma en la que la ex dirigente del Sindicato Nacional de Trabajador­es de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo Morales, deberá permanecer en su departamen­to en Polanco. Además tendrá que entregar su pasaporte y visas vigentes para evitar que se fugue de la justicia, tras otorgársel­e el arresto domiciliar­io el pasado viernes.

La Procuradur­ía General de la República (PGR) informó ayer que Gordillo Morales es vigilada de manera permanente en su departamen­to por elementos de la Policía Federal Ministeria­l y tiene un régimen de visitas controlado de familiares directos y abogados.

La dependenci­a, a cargo de Alberto Elías Beltrán, aseguró que el arresto domiciliar­io concedido por una instancia judicial a la maestra, de 72 años, no afecta el proceso que se le sigue por los delitos de delincuenc­ia organizada y lavado de dinero.

Afirmó que la Subprocura­duría Especializ­ada en Investigac­ión de Delincuenc­ia Organizada (SEIDO) “respeta los derechos humanos de toda persona como principio básico y fundamenta­l de una auténtica y congruente procuració­n de justicia”.

El abogado de la profesora, Marco Antonio del Toro, afirmó que su cliente enfrentará desde su departamen­to la única imputación que se subsiste en su contra por los delitos de lavado de dinero y delincuenc­ia organizada.

En noviembre de 2016, un juez federal absolvió a Gordillo del delito de evasión fiscal, una las principale­s acusacione­s que le fincó la PGR.

“Los hechos hablan por sí mismos, la maestra Elba Esther Gordillo se encuentra en su casa porque el derecho así lo exige y la tutela. Desde ahí se combatirá con la misma decisión la única e infundada imputación que subsiste. Nuestro objetivo es claro: que se reconozca su inocencia plena y absoluta”, señaló Del Toro.

El litigante calificó de “miopes” a quienes buscan ligar la resolución del Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, que le otorgó a la profesora el arresto domiciliar­io, con la alianza electoral entre el PRI y el Partido Nueva Alianza (Panal).

“Prevaleció el derecho y por tanto resulta de miopes pretender encontrar otras explicacio­nes de corte político a un triunfo que únicamente encuentra su apoyo en la ley”, dijo.

Además arremetió: “Nunca falta quién busca dar un sesgo distinto en aras de generar percepcion­es erróneas, por desconocim­iento o mala fe. Con ello, simplement­e provocan alentar la desconfian­za en las institucio­nes de justicia, perdiendo de vista que así dificultan que se consolide un Estado de derecho”.

Recordó que fue necesario seguir un incidente de prisión preventiva domiciliar­ia, un recurso de apelación y tres juicios de amparo para que se reconocier­a un derecho fundamenta­l. “Todo ello ocurrió a lo largo de dos años de arduas batallas legales plagadas de injusticia­s que quedaron patentes cuando se ganó cada uno de los tres juicios de amparo”, destacó.

El abogado señaló que la maestra Gordillo logró se reconocier­a el derecho a enfrentar en su domicilio la única y última de las imputacion­es que “indebidame­nte” se le hicieron, ya que así resulta procedente a la luz de la Constituci­ón, Pacto Internacio­nal de Derechos Civiles y Políticos, Convención Americana de Derechos Humanos, Código Penal Federal y Ley General para los Adultos Mayores, entre otros ordenamien­tos nacionales y supranacio­nales. Explicó que el 17 de noviembre de 2017, “nos fue notificada la sentencia de amparo dictada en el juicio 37/2017 por el Tercer Tribunal Unitario del Primer Circuito, que ordenó que se respetaran los derechos de Gordillo y se le trasladara a su domicilio.

“Esa sentencia quedó con efectos de cosa juzgada el día 6 de diciembre de este año. Ello dio paso a que el 14 del mismo mes se resolviera por el magistrado del Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, cumplir el amparo concedido, emitiendo nueva sentencia en la que tuvo por satisfecho­s todos los requisitos del artículo 55 del Código Penal Federal en materia de prisión preventiva domiciliar­ia de adultos mayores”, dijo. El 15 de diciembre se consumó el traslado a su domicilio y se ejecutó el fallo protector dictado semanas antes.

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