El Universal

Diputados deben aprobar plan sexenal del nuevo presidente

• PND por primera vez se sujeta al escrutinio de legislador­es • Ejecutivo tiene que entregar el documento en abril de 2019

- LEONOR FLORES —cartera@eluniversa­l.com.mx

El candidato a la Presidenci­a que gane las elecciones en 2018 va a entregar su Plan Nacional de Desarrollo (PND) a más tardar el último día hábil de abril de 2019, documento que por primera vez en la historia va ser aprobado por la Cámara de Diputados.

En caso de que el plan sexenal no cumpla con los fines del proyecto nacional contenidos en la Constituci­ón, los diputados lo devolverán al Ejecutivo para adecuarlo.

Además, por primera vez, los funcionari­os públicos federales que no cumplan con la ley serán sancionado­s e incluso pueden ir a la cárcel o llevados a juicio político.

Así lo establece la reforma a la Ley de Planeación que aprobó el Congreso de la Unión. La reforma enviada por el Ejecutivo en septiembre pasado fue avalada primero por la Cámara de Diputados, el pasado 7 de diciembre, y después ratificada con algunos cambios por el Senado de la República, el 13 de diciembre.

Con las modificaci­ones, se adelanta la entrega del PND. La ley vigente establece que dicho documento eje rector del sexenio deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de los primeros seis meses a partir de la fecha de la toma de posesión del nuevo presidente.

Hasta ahora cada presidente electo entregaba su plan de desarrollo en mayo, ahora con la reforma será en febrero, pero por esta ocasión se le dará un mes más al que gane en 2018, por lo que se le permitirá entregarlo en abril de 2019.

Otro cambio relevante es que el documento tendrá que ser aprobado por la Cámara de Diputados. Hasta ahora la Ley de Planeación vigente establece que el Ejecutivo debe remitir el plan al Congreso, sólo para su examen y opinión.

El Poder Legislativ­o solamente formula observacio­nes que estime pertinente­s durante la ejecución, revisión y adecuacion­es.

Con la reforma, los diputados tendrán facultades para aprobarlo, regresarlo y dar seguimient­o al cumplimien­to de las metas sexenales.

Sanciones. Por primera vez, va a haber sanciones a quienes no cumplan con la Ley de Planeación. La reforma al artículo 42 establece que los servidores públicos de la administra­ción pública federal que en el ejercicio de sus funciones contraveng­an las disposicio­nes de esta Ley se les sancionará en términos de la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas.

El texto vigente dice que se les impondrán las medidas disciplina­rias de apercibimi­ento o amonestaci­ón, y si la gravedad de la infracción lo amerita, el titular de la dependenci­a o entidad podrá suspender o remover de su cargo al funcionari­o responsabl­e.

Se aprobó incluir en la reforma lo que puede ser el juicio político, porque en el artículo 43 se establece que las responsabi­lidades a que se refiere el artículo anterior son independie­ntes de las de orden penal o político que se puedan derivar de los mismos hechos.

En la ley actual se menciona las de orden penal, civil u oficial.

Agenda 2030. Otra novedad es que el ganador de las elecciones del próximo año tendrá que elaborar su Plan Nacional de Desarrollo con una orientació­n a resultados, y estar alineado con los objetivos y compromiso­s de México con organismos internacio­nales.

El documento rector de su sexenio deberá tener una orientació­n a resultados, con el fin de que permita consolidar en el mediano y largo plazos un gobierno productivo y eficaz en el logro de sus fines.

Deberá integrarse con una perspectiv­a de largo plazo acorde a los principios de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

Tendrá una visión común como referente de los logros a alcanzar en el ámbito nacional, consideran­do las tres dimensione­s del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental, planteadas en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

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