Ilegal, difundir nombre de imputado: expertos
••• Para respetar el derecho a la intimidad y a la privacidad, así como para no violar el principio de presunción de inocencia, el nombre de un imputado es de la poca información que las autoridades no pueden difundir durante un proceso judicial para cumplir con el debido proceso, en el marco del nuevo Sistema de Justicia Penal, de acuerdo con especialistas.
Tal es el caso del ex gobernador de Quintana Roo, recién extraditado de Panamá, a quien se hizo referencia como Roberto “N” durante la audiencia inicial y quien solicitó que no se divulgara su información personal.
“Tiene que ver con la preservación de datos personales, es decir, las autoridades están impedidas de dar a conocer nombres completos de personas, relacionadas con controversias mercantiles, financieras, bursátiles o penales. En el caso del tema penal, si presentan a una persona con su nombre y con su imagen ante la opinión pública diciendo: ‘Él está siendo investigado de tal delito’, violan su presunción de inocencia”, dijo Gabriel Regio, abogado penalista.
La presunción de inocencia está señalada en el artículo 20, apartado B, de nuestra Constitución.
Diana González Obregón, abogada penalista y redactora en el Código Nacional de Procedimientos Penales, aseguró que a pesar de las ventajas que ofrecen las leyes de transparencia, existen limitantes para divulgar ciertos datos, marcados por el Código de Procedimientos Penales.
Para la divulgación de información a través de la labor periodística también existen señalamientos y, bajo el principio de publicidad, los reporteros pueden asistir a las audiencias, tienen la ventaja de conocer, acceder a la información y a los datos conocidos para su uso y publicación.
Aunque en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales señala “no exponer a los acusados ante los medios de comunicación y no presentarlos ante la comunidad como culpables”.
“Si presentan a una persona con su nombre y con su imagen ante la opinión pública diciendo: ‘Él está siendo investigado de tal delito’, violan su presunción de inocencia” GABRIEL REGIO Abogado penalista