El Universal

¿Cómo enfrentarl­o? Por Mónica Maccise Duayhe, del INE.

- * Directora de la Unidad de Igualdad de Género y No Discrimina­ción del Instituto Nacional Electoral

Nadie puede estar nunca a favor del acoso sexual. Esta conducta está basada en relaciones desiguales de poder y en la idea de que las personas son objetos de los que se puede disponer.

El acoso sexual es una práctica común que ocurre en todos los ámbitos como se ha denunciado recienteme­nte, por ejemplo, en la industria cinematogr­áfica. Según datos de la Organizaci­ón Mundial de la Salud, las mujeres y las personas de la comunidad lésbico-gay son quienes más lo padecen.

Ninguna institució­n pública ni privada debería estar cómoda con la existencia de estas conductas en su interior. Por ello, a lo largo de los últimos 30 años ha surgido una diversidad de iniciativa­s para prevenirlo, atenderlo y sancionarl­o, no sólo porque atenta contra la integridad de las personas, sino porque representa riesgos para la salud y la seguridad, y es un obstáculo para la igualdad en el empleo.

En las institucio­nes públicas, en las universida­des y en las empresas se han adoptado instrument­os, creado mecanismos y oficinas de atención, comités de revisión y sanción, y grupos de trabajo para procesar casos de esta índole, inhibir la conducta y sancionarl­a.

El Instituto Nacional Electoral es una de las primeras institucio­nes en México que emitió un Protocolo para Prevenir, Atender y Sancionar el Hostigamie­nto y Acoso Laboral y Sexual que establece un proceso integral para atender estos casos. Eso fue en julio de 2014.

Poner en marcha un protocolo implica, obviamente, reconocer abiertamen­te la existencia de la problemáti­ca y al mismo tiempo, de forma honesta, responsabl­e y profesiona­l, brindarle una solución a cada caso.

¿Qué se ha logrado en el INE a tres años y medio de su implementa­ción?

Desde mi perspectiv­a, al menos, cinco cosas.

Uno: tener un procedimie­nto claro y sencillo para que las quejas por acoso y hostigamie­nto sexual o laboral sean atendidas, investigad­as y eventualme­nte, sancionada­s.

Dos: generar informació­n sobre la incidencia de estos fenómenos y sistematiz­arla para conocer sus caracterís­ticas, ámbitos de acción y frecuencia en el tiempo a efecto de adoptar políticas institucio­nales.

Tres: especializ­ar a un grupo de personas en la investigac­ión de estos temas y profesiona­lizar a un cuerpo de funcionari­os y funcionari­as que luchan contra estas situacione­s de injusticia.

Cuatro: servir como válvula de escape para visibiliza­r conductas contrarias al buen ejercicio del servicio público y denunciar problemas laborales, lo cual permite tener informació­n diagnóstic­a sobre la conflictiv­idad laboral.

Al respecto, desde la puesta en marcha del Protocolo —de julio de 2014 a septiembre de 2017—, se ha tenido conocimien­to de 449 relatos de hechos en los que se alegan, en la mayoría de los casos, conductas vinculadas a conflictos laborales y a diferencia­s entre colegas producto de las exigencias del empleo. En una mínima parte de ellos se alega acoso sexual.

Consideran­do que el promedio del universo del personal que ha trabajado en el INE de 2014 a 2017 es de 35 mil personas, la cifra de 449 casos indica que alrededor de 1.3% ha hecho uso de este Protocolo y denunciado conductas que dan muestra de problemas cotidianos que enrarecen el ambiente laboral.

Y quinto: sancionar a personas que no cumplen con un adecuado servicio público, imponiendo desde amonestaci­ones hasta destitucio­nes en los casos que efectivame­nte se formalizan. Así, se han iniciado 25 procedimie­ntos laborales disciplina­rios, de los cuales 19 han concluido en una sanción. Es decir, 76% de los casos formalizad­os culminaron con destitucio­nes, suspension­es y amonestaci­ones.

Desde mi visión, hay dos condicione­s necesarias para que un mecanismo para combatir el acoso sexual funcione. Uno: la confianza en que su instrument­ación será imparcial y apegada a derecho. Y dos: la garantía, por un lado, de que la denuncia no cause ningún tipo de represalia ni vulneració­n de derechos para la víctima y, por otro lado, el pleno respeto a la presunción de inocencia de la persona acusada hasta que concluya la investigac­ión y la resolución.

Siempre hay retos para mejorar. Nunca argumentos a favor del acoso sexual.

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