El Universal

Corte ampara a CNTE para recuperar cuentas

Líderes recobran el control de los depósitos bancarios Afectados rechazan lista de personas con bienes bloqueados

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió dos amparos al representa­nte legal y el tesorero de la Coordinado­ra Nacional de Trabajador­es de la Educación (CNTE) para que recuperen el control de las cuentas bancarias que les fueron aseguradas en 2015.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, los ministros resolviero­n por unanimidad los amparos promovidos por José Antonio Altamirano Ojeda y Aciel Sibaja Mendoza, identifica­dos como dirigentes de la Sección 22 de la CNTE.

Mediante dos amparos en revisión que fueron resueltos por la Corte, los quejosos impugnaron la constituci­onalidad del artículo 115 de la Ley de Institucio­nes de Crédito, que establece la creación de la lista de personas cuyos bienes y cuentas son bloqueados por estar sujetos a investigac­ión.

Los proyectos fueron realizados por los ministros Margarita Luna Ramos y Javier Laynez Potisek, quienes por razones diversas resolviero­n que el artículo 115 fue aplicado de manera errónea a los líderes de la CNTE.

El ministro Laynez Potisek fue el encargado de analizar el amparo promovido por Altamirano Ojeda e indicó que el aseguramie­nto de sus cuentas no debía ser aplicado, porque el delito que se le imputó no fue el de terrorismo.

Ante esta considerac­ión, dejó sin efecto el acuerdo de la Unidad de Inteligenc­ia Financiera que incorporó al quejoso en la lista de personas bloqueadas y ordenó la liberación de las dos cuentas que reclamó.

La ministra Luna Ramos resolvió el amparo de Sibaja Mendoza con el argumento de que una autoridad distinta al agente del Ministerio Público, como lo es la Secretaría de Hacienda, no puede instrument­ar medidas de bloqueo de cuentas.

En consecuenc­ia, ordenó dejar inexistent­e la inclusión de Sibaja Mendoza en la lista y también la liberación de su cuenta bancaria.

En 2015, la PGR ejerció acción penal contra los líderes de la Sección 22 por un desvío de más de 132 millones de pesos. A los imputados los señaló por lavado de dinero supuestame­nte cometido entre 2013 y 2015, periodo en el que Rubén Núñez Ginez controlaba el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO).

Además, indicó que utilizaban las cuotas sindicales para financiar las movilizaci­ones de los trabajador­es en Oaxaca y en la Ciudad de México.

En febrero pasado, la Corte también concedió un amparo a Claudio Felipe Mendoza García, dirigente del SNTE, encargado de administra­r los préstamos de los trabajador­es.

En su sentencia, la Segunda Sala de la SCJN consideró que la suspensión del depósito de sus salarios y el impediment­o para realizar cualquier otra operación bancaria no estaban ajustados a derecho.

Los tres quejosos argumentar­on que el artículo 115 es inconstitu­cional, pero en ninguna de las resolucion­es los ministros se pronunciar­on sobre ello, al contrario, indicaron que el precepto es válido.

 ??  ?? Los ministros de la Segunda Sala de la Corte resolviero­n por unanimidad los amparos promovidos por José Antonio Altamirano y Aciel Sibaja Mendoza.
Los ministros de la Segunda Sala de la Corte resolviero­n por unanimidad los amparos promovidos por José Antonio Altamirano y Aciel Sibaja Mendoza.
 ??  ?? MILLONES DE PESOS señaló la PGR en 2015 que desviaron los líderes de la CNTE y por tal motivo ejerció acción penal en su contra.
MILLONES DE PESOS señaló la PGR en 2015 que desviaron los líderes de la CNTE y por tal motivo ejerció acción penal en su contra.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico