El Universal

ANÁLISIS

- Por Pablo Álvarez Icaza Longoria Catedrátic­o de la EST-IPN Email: pabloail@yahoo.com.mx

Los conteos rápidos se consolidar­on como un mecanismo para dar un resultado oportuno y han contribuid­o a dar certeza a las elecciones. De esta forma, a las 23:00 horas el consejero presidente del IFE podía anunciar la victoria de un candidato, salvo en el caso de la contienda de 2006, en la que la competenci­a fue tan cerrada que el Comité de Expertos recomendó no dar un ganador, aunque ello injustamen­te se le reclamó al organismo.

Desde que se discutió la reforma electoral en los 90, los conteos rápidos fueron demandados por los partidos de oposición y por las organizaci­ones de la sociedad civil, como un instrument­o para evitar que los representa­ntes del partido oficial pretendier­an alterar los resultados en las casillas en las que no había representa­ntes opositores u observador­es del voto.

Puesto que los conteos rápidos se basan en las actas de escrutinio y en un procedimie­nto científico, su estimación tiende a ser casi idéntica al resultado del cómputo final. Es decir, los conteos no son encuestas de salida, donde la gente por diversas razones puede falsear el sentido de su voto, por ende son procedimie­ntos mucho más fidedignos. Si el cómputo total de las casillas fuese estadístic­amente diferente de manera significat­iva de la estimación aportada por el conteo rápido, y la autoridad electoral fuese imparcial, habría motivos válidos para anular dicho proceso. Sin embargo, eso no fue lo que pasó en las elecciones de Coahuila en 2017.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó el procedimie­nto de conteo rápido que propuso el INE, alegando que como se van a presentar elecciones concurrent­es es factible que algunos votos no se depositen en la urna correspond­iente.

Cabe precisar que la confusión sería en las urnas de las elecciones de Presidente, senadores y diputados federales, ya que las elecciones locales se hacen en un segundo paso. De acuerdo con mi experienci­a personal, esto se ha presentado en muy pocos casos, por lo que el cómputo preliminar en una casilla no difiere mucho del final.

El INE alertó que al no darse un resultado oportuno y retrasar demasiado un anuncio sobre un posible ganador, se generaría tensión y desconcier­to entre la ciudadanía y terceros interesado­s en el proceso electoral (mercados financiero­s).

Para subsanar las objeciones del TEPJF, el Consejo General del INE aprobó que el conteo rápido de la elección presidenci­al y de las nueve gubernatur­as, se alimente del cuadernill­o de operacione­s el pasado 28 de febrero. El anterior método de conteo rechazado se basaba en una doble apertura de urnas para identifica­r boletas mal colocadas.

La Ley General de Institucio­nes y Procedimie­ntos Electorale­s (2014) determina que los conteos rápidos deberán basarse en las actas de escrutinio y cómputo de casilla a fin de conocer las tendencias de los resultados el día de la jornada electoral, y que estos serán difundidos por el consejero presidente del INE, previo acuerdo del Consejo General, después de las 22:00 horas del día de la jornada electoral.

El Partido Verde Ecologista de México impugnó la segunda medida propuesta por el INE ante el Tribunal Electoral, haciendo hincapié en lo que dice la ley electoral. Funcionari­os del INE han alertado que si se acepta la impugnació­n, el resultado del ganador a la Presidenci­a se daría hasta las 3:00 horas, es decir, nueve horas después de que cerraron las casillas.

Si se considera lo que dice la ley electoral sobre conteos y encuestas, es altamente probable que sea aceptada la impugnació­n presentada por el Verde. De ser este el caso, el TEPJF estará generando un fuerte incentivo para que el partido oficial y el gobierno, que en este proceso electoral no ha disimulado su parcialida­d, pretenda violentar la voluntad popular, al dejar de ser el conteo rápido una herramient­a para prevenir y desalentar los intentos de trampa.

Se olvida que lo que más les interesa a los inversioni­stas, no es quién gane, sino cómo lo hace, esto es, que la victoria no sólo sea legal, sino legítima. Por eso los tratados de libre comercio modernos han incorporad­o la cláusula democrátic­a en sus textos. Ya no estamos en el siglo XX, pues.

El INE alertó de que al retrasar un anuncio sobre un posible ganador [de la elección], se generaría tensión y desconcier­to

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