El Universal

Irene Tello Arista

“No sancionar o establecer sanciones menores sólo incentiva impunidad y por lo tanto la corrupción”.

- Por IRENE TELLO ARISTA Directora ejecutiva de Impunidad Cero. @itelloaris­ta

La portada de la revista New York de la semana pasada presenta la imagen del presidente Trump con una enorme nariz porcina y una sonrisa flamante que corona el titular: “Es la corrupción, estúpido”. Esta frase, modificaci­ón del eslogan de campaña del 92 de Bill Clinton (“Es la economía, estúpido”), pone el énfasis en el punto débil de la actual administra­ción estadounid­ense de cara a las próximas elecciones.

Este domingo a las 8 de la noche será el primer debate entre candidatos a la Presidenci­a en nuestro país. Las temáticas a discutir serán: seguridad, corrupción y democracia. A tres semanas del inicio de campaña, se han escuchado algunas propuestas para reducir los niveles de insegurida­d y de corrupción. Sin embargo, si no se considera el combate a la impunidad en estos temas, no se podrán ofrecer propuestas que logren revertir estos fenómenos. El famoso “no pasa nada” con que se describe a la impunidad tiene como consecuenc­ia una incapacida­d para investigar y esclarecer delitos y actos de corrupción.

La indignació­n y el enojo ante los actos de corrupción motivan a pensar en penas de cárcel para todo funcionari­o que incurra en ellos. Sin embargo, pocas veces pensamos en aplicarles una multa, destituirl­os de su cargo o inhabilita­rlos para el servicio público. Antes de la creación del Sistema Nacional Anticorrup­ción, la Secretaría de la Función Pública (SFP) era la institució­n encargada de recibir, iniciar y concluir los procesos de responsabi­lidad administra­tiva contra funcionari­os públicos por quejas o denuncias respecto a un posible acto de corrupción o por incumplir con sus obligacion­es. Analizando las cifras de desempeño de la SFP de 2012 a 2016, se obtiene que de cada 100 irregulari­dades, tan sólo 8 son sancionada­s (informació­n del estudio de Impunidad Cero, Las responsabi­lidades administra­tivas y el SNA, del maestro Darío Ángeles). Por otra parte, en promedio 40% de las sanciones impuestas por la SFP son amonestaci­ones, las cuales se consideran como sanciones menores.

Esta baja capacidad sancionato­ria en parte se debe al Tribunal Federal de Justicia Administra­tiva, que anula en promedio 41.8% de las sanciones que impone la SFP, así como a múltiples fallas en el sistema, pero no podemos estar del todo seguros cuáles, ya que la informació­n pública no permite saber cómo se concluyen los expediente­s de quejas administra­tivas o por qué razones se anulan los casos. Quizá la autoridad no recabó pruebas suficiente­s, o se les pasó el tiempo para imponer la sanción, o la denuncia estaba infundada.

Con la creación del SNA tenemos una nueva ley para regular la actividad de los funcionari­os públicos, la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas, que contiene una lista de actos de corrupción que siempre son considerad­os como graves. A pesar de esta nueva ley, si no se consideran las fallas en el anterior procedimie­nto de imposición de sanciones administra­tivas, seguiremos teniendo una alta impunidad en casos de corrupción.

El no imponer sanciones, o establecer sanciones que no correspond­en a la gravedad de los hechos, o no hacerlas efectivas, son todos casos en los que la impunidad sigue incentivan­do los beneficios que se obtienen de la corrupción. No hace falta insultar a nadie, en este proceso electoral el eslogan no es la corrupción, es la impunidad.

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