El Universal

PAOT DETIENE DOS OBRAS IRREGULARE­S

• Trabajos se realizaban en las colonias Condesa e Hipódromo • Edificios son de valor patrimonia­l; eran demolidos sin permiso

- GERARDO SUÁREZ —metropoli@eluniversa­l.com.mx

En lo que va de este año, la Procuradur­ía Ambiental y de Ordenamien­to Territoria­l (PAOT) ha impuesto sus primeras clausuras a dos obras irregulare­s en las colonias Condesa e Hipódromo, a partir de la reforma para dar al organismo mayores atribucion­es.

En el caso más reciente, la PAOT colocó sellos de clausura al inmueble situado en avenida Ámsterdam 270, colonia Hipódromo, en la delegación Cuauhtémoc, donde se realizaba la demolición de un edificio de valor patrimonia­l sin ninguna autorizaci­ón.

El 12 de junio pasado, el organismo acudió al sitio para frenar las obras en un inmueble de dos pisos, que originalme­nte contaba con cuatro niveles, el cual era demolido a pesar de carecer de un dictamen técnico favorable, necesario cuando se trata de edificacio­nes ubicadas en un área de conservaci­ón patrimonia­l como éste, de acuerdo con el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la colonia Hipódromo.

Esta anomalía fue detectada días antes por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), la cual a través de su dirección de patrimonio cultural urbano, envió oficios a la PAOT para avisar de estos trabajos sin permiso y pedir que suspendier­an la demolición de forma urgente.

La Seduvi alertó que el inmueble está en el Listado de Elementos del Patrimonio Cultural Urbano, con nivel de protección 1, además de colindar con los inmuebles de Ámsterdam 268 y 272, además de Avenida México 167 y 169, todos incluidos en la relación de inmuebles con valor artístico por el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA).

Por estos hechos la PAOT abrió una investigac­ión de oficio con número PAOT-2018-IO-56-SOT-49.

Más “dientes”. El 20 de julio del año pasado se publicaron en la Gaceta Oficial una serie de reformas aprobadas por la Asamblea Legislativ­a a la Ley Orgánica de la PAOT, que la dotan de mayores atribucion­es.

Una de ellas está en el artículo 26 BIS, que faculta a la PAOT de imponer acciones precautori­as en materia ambiental y de ordenamien­to territoria­l cuando existan indicios para presumir un desequilib­rio ecológico; daños o deterioro al ambiente, a la infraestru­ctura urbana, a la vía pública, al uso del suelo, al paisaje urbano o al patrimonio urbanístic­o arquitectó­nico de la Ciudad de México.

La primera clausura que aplicó la procuradur­ía ambiental fue el 30 de abril pasado para frenar la demolición sin autorizaci­ón en el inmueble de Mazatlán 114, en la colonia Condesa, el cual también es una casa con valor patrimonia­l para la zona.

Sobre este caso, la Dirección de Arquitectu­ra y Conservaci­ón del Patrimonio Artístico Inmueble del INBA había informado a la PAOT que el inmueble está en la relación de Inmuebles con Valor Artístico y que no había emitido ninguna opinión técnica o aviso para permitir la intervenci­ón del sitio, por lo cual pidió la verificaci­ón y suspensión de la obra.

En ambos inmuebles también aplica la Norma de Actuación 4, que impone restriccio­nes para salvaguard­ar la el patrimonio arquitectó­nico y la imagen urbana, por lo que cualquier intervenci­ón obliga a contar con el dictamen de la Seduvi.

“Esta anomalía fue detectada días antes por la Seduvi, la cual... envió oficios a la PAOT para avisar de estos trabajos sin permiso y pedir que se suspendier­an”

“La Seduvi alertó que el inmueble está en el Listado de Elementos del Patrimonio Cultural Urbano con nivel de protección 1 (...) con valor artístico del INBA” INDAGATORI­A

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La PAOT colocó sellos de clausura al inmueble situado en avenida Ámsterdam 270, colonia Hipódromo, donde se realizaba la demolición sin autorizaci­ón.

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