El Universal

“Irrevocabl­e, creación de comisión de la verdad”

• Ni la Suprema Corte puede modificar sentencia para nueva investigac­ión, dice tribunal colegiado

- DIANA LASTIRI —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

El Primer Tribunal Colegiado del Decimonove­no Circuito afirmó que por ley, ni siquiera la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede modificar o revocar las sentencias que dictó para crear la comisión de la verdad en el caso Iguala.

El colegiado notificó oficialmen­te el desechamie­nto de 43 recursos de revisión extraordin­aria presentado­s contra las resolucion­es que dictó en los amparos de Salvador Reza Jacobo, El Wereke; Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo; Miguel Ángel Landa Bahena y Gildardo López Astudillo, El Gil, identifica­dos como integrante­s de Guerreros Unidos y quienes confesaron el supuesto homicidio y quema de los 43 normalista­s desapareci­dos de Ayotzinapa.

El colegiado indicó que las resolucion­es que emitió el pasado 4 de junio han quedado firmes porque, según lo establecid­o en la Constituci­ón federal, el recurso de revisión es la última instancia en materia de amparo.

“Las sentencias pronunciad­as por los tribunales colegiados de circuito al resolver el recurso de revisión no admitirán recurso alguno; por ello, ningún tribunal, incluida la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene facultades para modificarl­as y menos para revocarlas, en virtud de que con su sola emisión son definitiva­s e inatacable­s, y su contenido no puede desconocer­se en cualquier otro juicio o instancia”, afirmaron los magistrado­s.

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El tribunal colegiado notificó el desechamie­nto de 43 recursos de revisión extraordin­aria por el caso Iguala.
Sin validez. El tribunal colegiado notificó el desechamie­nto de 43 recursos de revisión extraordin­aria por el caso Iguala.

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