Se amplía el plazo
El SAT ofrece una prórroga hasta el 1 de septiembre para iniciar con la aceptación o rechazo de cancelación de facturas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que ampliará al 1 de septiembre de este año el plazo para iniciar con los servicios de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas. Dicha prórroga se realiza con el fin de que los contribuyentes estén involucrados en estas nuevas operaciones.
“Se realizó una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) para 2017, donde se modificó el artículo 29-A, lo que permitió que se habilitara a los contribuyentes receptores del CFDI para ser notificados de toda cancelación. De esta manera, estarán informados de aceptarla o rechazarla.
“Antes, el proceso de cancelación de facturas se generaba de manera automática por el emisor, provocando cancelaciones injustificadas, ya sea por error o de mala fe, de facturas ya pagadas”, señala la autoridad fiscal.
Es así que el SAT metió un candado desde el Código Fiscal de la Federación y En el Buzón Tributario
ahora es necesario obtener una autorización del receptor para llevar a cabo este trámite de cancelación.
Por lo tanto, las empresas deberán seguir los mecanismos autorizados por el SAT para que sus clientes autoricen o rechacen la cancelación de sus facturas.
“Sin duda, este nuevo servicio protege a los contribuyentes contra la cancelación indebida de facturas, las cuales amparan las cuentas liquidadas.
“Es así que se ofrece una seguridad jurídica a los receptores, al mismo tiempo que se lleva a cabo el correcto derecho de deducir o acreditar de acuerdo a lo establecido”, detalla la entidad.
Dentro del nuevo esquema de cancelación, donde no se requiere la aceptación del receptor, se contemplan supuestos como: cuando el CFDI se cancela dentro de los tres días siguientes a su expedición, los de nómina, los que amparen ingresos hasta por cinco mil pesos, operaciones con público en general, emitidos a residentes en el extranjero o emitidos a través del aplicativo del SAT ‘factura fácil’.
Es importante señalar que el servicio de cancelaciones será proporcionado a través de los PAC o en el portal del SAT, de igual manera que en el Buzón Tributario, donde solo llegarán mensajes de interés informando a los contribuyentes que su proveedor solicita la autorización para cancelar un CFDI.
La realidad es que este servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas significa un gran avance, pues los contribuyentes y sus proveedores contarán con aplicaciones informáticas que les ayudarán a cumplir de manera correcta y oportuna sus obligaciones fiscales, a fin de evitar problemas a futuro.