El Universal

Corte avala el uso medicinal de la marihuana en CDMX.

• Su empleo queda supeditado a la Ley General de Salud • Descartan que la muerte digna sea un suicidio asistido

- DIANA LASTIRI —metropoli@eluniversa­l.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el reconocimi­ento del uso medicinal de la marihuana contenido en la Constituci­ón de la Ciudad de México.

Por mayoría de ocho votos, los ministros considerar­on que la Asamblea Constituye­nte no invadió competenci­as del Congreso de la Unión al incluir en la Carta Magna local el reconocimi­ento del derecho de los habitantes en la Ciudad al uso medicinal de la marihuana.

El texto establece que este derecho se ejercerá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Salud; es decir, que condiciona el mismo a lo que el Congreso de la Unión ha definido en dicha ley y los reglamento­s que emitan los legislador­es federales.

El pleno también avaló el concepto de muerte digna como parte del derecho a una vida digna.

Esta disposició­n, al igual que la del uso medicinal de la cannabis, fue impugnada por la Procuradur­ía General de la República, que alegó que se refiere a eutanasia y suicidio asistido, conductas prohibidas en las leyes federales y cuya reglamenta­ción es facultad exclusiva de la Federación, por ser un tema de salud pública.

De acuerdo con el proyecto de resolución, elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek, este concepto es constituci­onal, porque no implica una legalizaci­ón de la eutanasia o la muerte asistida.

“La norma impugnada no regula una institució­n en específico, regla, principio ni política, sino que únicamente reconoce el derecho a la muerte digna como parte del derecho a vivir dignamente, en respeto al libre desarrollo de la personalid­ad.

“No necesariam­ente se involucra con una muerte rápida, acelerada o anticipada, sino con la utilizació­n de todos los medios disponible­s para conservar la dignidad de la persona respetando sus valores individual­es, evitando excesos que produzcan daño y dolor”, explica.

El documento indica que la muerte digna puede comprender cuestiones clínicas y médicas, financiera­s, económicas, administra­tivas e incluso de integració­n social, que deberán analizarse a profundida­d hasta que el Congreso de la Ciudad de México emita las normas secundaria­s que regularán el concepto, para verificar si existe o no violación a las competenci­as federales.

La ministra Margarita Luna Ramos expuso que incluso la forma en que está reconocido el derecho a una muerte digna se remite a la competenci­a federal, tal y como se estableció con el reconocimi­ento del uso médico de la marihuana.

“Nos dice que es una muerte natural, nos está señalando, incluso, el tratamient­o del dolor y está señalando que correspond­e, desde luego, al sistema nacional de salud, que es lo que está regulando desde esta ley”, afirmó durante la sesión de ayer.

Para los ministros el constituye­nte tampoco transgredi­ó las facultades federales al establecer que el agua es inalienabl­e, inembargab­le e irrenuncia­ble; hacer referencia­s a la justicia cívica; al derecho a la educación sexual y servicios de salud con informació­n científica, no estereotip­ada, diversa y laica en términos de planificac­ión familiar; regular lo relativo a los bienes o monumentos que no revisten interés nacional sino local.

También avalaron las referencia­s a los derechos de las personas migrantes en territorio capitalino y a que el Gobierno de la Ciudad puede suscribir acuerdos interinsti­tucionales con órganos gubernamen­tales extranjero­s u organizaci­ones internacio­nales.

“[Muerte digna se refiere a] la utilizació­n de todos los medios disponible­s para conservar la dignidad de la persona (...), evitando excesos que produzcan daño y dolor” PROYECTO DE RESOLUCIÓN DEL MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

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Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dieron un revés a las impugnacio­nes de la Procuradur­ía General de la República (PGR) contra la Constituci­ón de la Ciudad de México.

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