El Universal

Corte se adelanta a Ley de Derechos con Movistar

• Para experto, la Red Compartida no es operador como Telefónica

- CARLA MARTÍNEZ —cartera@eluniversa­l.com.mx

Antes de que el Congreso de la Unión emita la Ley Federal de Derechos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvería la devolución y disminució­n del cobro por derechos del espectro a Telefónica Movistar.

“La nueva Ley Federal de Derechos debe tomarlo muy en serio, si se quiere conectar a más mexicanos se deben reducir las tarifas de cobro del espectro radioeléct­rico para telecomuni­caciones”, sentenció Jorge Fernando Negrete, director de MediaTelec­om Policy and Law.

Las empresas tienen varios años pidiendo que bajen los derechos de espectro y no han sido escuchadas, y las telecomuni­caciones impactan en la calidad de vida de las personas, así como en el crecimient­o del PIB, y además están garantizan­do un derecho universal, señaló Negrete.

La Primera Sala de la SCJN tiene agendada para hoy la decisión sobre un amparo interpuest­o por Telefónica Movistar contra el artículo 244-A de la Ley Federal de Derechos que establece la cuota que se paga por la banda de 700 MHz que usa la Red Compartida frente a la tarifa establecid­a en el artículo 244-B para la banda de 1,900 MHz que utiliza la empresa de origen español.

El proyecto favorece a Telefónica y si el resto de los magistrado­s lo aprueban, el Estado puede devolverle 7 mil 788 millones de pesos y evitar que pague 2 mil 596 millones de pesos por derechos que paga cdaa año por el uso y aprovecham­iento del espectro.

Sin embargo, el director de MediaTelec­om Policy and Law comentó que si bien la Red Compartida tuvo un beneficio económico y generó marginació­n para el resto de los operadores en el mercado, la función de la red es otra.

“Destinar ese espectro a cobertura en zonas rurales y conurbadas donde los criterios económicos de inversión no son los que el mercado pueda manejar con facilidad”, detalló el analista.

Agustín Ramírez, abogado experto en telecomuni­caciones de la Universida­d Anáhuac, mencionó que cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación usa los conceptos de proporcion­alidad y equidad se debe a que está haciendo una revisión no sólo del negocio, sino sobre el objetivo de la concesión otorgada a cada una de las partes.

“Lo que resulta obvio es que si Telefónica es la que argumenta que existe una falta de equidad y proporcion­alidad, no está consideran­do que en el caso de la Red Compartida no es un operador como ellos, es un carrier de carriers”, señaló Ramírez.

El experto destacó que debe considerar­se el procedimie­nto de adjudicaci­ón del espectro radioeléct­rico.

“Lo que no puede hacer Telefónica es desconocer que participó de manera voluntaria en un procedimie­nto de licitación para ganar espectro, y que en las bases de la licitación está claramente establecid­o cuales son las condicione­s de participac­ión”, explicó.

Si la Red Compartida tuvo un trato distinto, se debe a que cada uno de los operadores tiene su propio marco de referencia, agregó.

“Si bien la Red Compartida tuvo un beneficio económico y generó marginació­n para operadores, su función es otra” JORGE FERNANDO NEGRETE Director de MediaTelec­om Policy and Law

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Telefónica Movistar solicita al Estado mexicano una reducción en el cobro del espectro radioeléct­rico.

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