El papel que juega el Consejo de Administración
El Comité de Gobierno Corporativo del IMEF se ha caracterizado por realizar análisis sobre temas relacionados con el buen funcionamiento interno de las empresas, por lo que esto implica que se realice un estudio acerca de las facultades y obligaciones del Consejo de Administración.
Precisándose que no existe una estructura única que sirva para todo tipo de empresas; una estructura óptima será aquella que atienda las variables necesarias para su buen funcionamiento.
Si bien en las leyes se prevén facultades y obligaciones para el presidente del consejo, los secretarios y los consejeros, el Comité de Gobierno Corporativo del IMEF considera que cumplir con las recomendaciones que realiza el código de principios y mejores prácticas de gobierno corporativo ayudan a definir su labor y contribuye a que la información de la sociedad sea más útil, oportuna y confiable.
El IMEF considera que las sociedades deben contar con mecanismos de comunicación necesarios que permitan mantener informados a los accionistas, los inversionistas y los terceros interesados para un adecuado desempeño de las funciones del Consejo de Administración y sus órganos de gobierno, pues cuando existen diferencias se puede dañar la imagen de la sociedad y dificultar su operación.
El presidente del consejo no sólo será el responsable de convocar y elaborar el orden del día, así como de presidir y coordinar las reuniones, sino que éste órgano de administración permite dos enfoques: el primero como “un conjunto de reglas abstractas, generales, que rigen la gestión de los administradores”, y el segundo como “la persona o personas facultadas para externar la voluntad de la persona jurídica y para desempeñar la actividad jurídica con miras a concretar las metas perseguidas por la entidad.”
Es aconsejable que la presidencia del consejo recaiga en el accionista o representante de accionistas, que sea quien cuente con el mayor apoyo de los demás, que su liderazgo sea indiscutible y que posea mucha experiencia en la empresa. Es recomendable que el presidente no sea ejecutivo, ya que así podrá separarse de la figura de director general.
De no ser así, sus facultades comprenderían más allá que las del presidente, como la gestión de la empresa, asumiendo el papel del primer ejecutivo.
En caso de algún incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones a que se encuentre sujeto como director general, puede originar una responsabilidad penal, civil o fiscal, tal como lo establece el artículo 26 fracción III, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación: “serán responsables solidarios por las contribuciones causadas que no se pagaron ni se retuvieron durante su gestión, así como por las que debieron pagarse o enterarse durante la misma, en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la persona moral que dirigen, cuando la contribuyente deudora principal no solicite su inscripción de registro federal de contribuyentes, cambie su domicilio sin presentar el aviso correspondiente, no lleve contabilidad, la oculte o la destruya y desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio.”
Quedan exentos de responsabilidad alguna cuando hayan manifestado su inconformidad en el momento de la deliberación y resolución del acto que se trate.
Los consejeros y secretarios son susceptibles a que se les establezca una responsabilidad, la cual puede ser de carácter civil o penal.
Sin embargo, se requiere que 33% de los accionistas lo demande, lo cual dependerá si se da un incumplimiento o un delito, es decir, que la responsabilidad que se establezca sea absoluta respecto a las condiciones en que es manejada la organización, toda vez que si bien el Código Fiscal de la Federación señala que es cierto que la solidaridad resulta de la ley, también es que en estos supuestos la ley aplicable no prevé dicha responsabilidad.
El desempeño adecuado y prudente que juegan los miembros del consejo de administración es fundamental, ya que puede llegar a ser la diferencia entre tener un consejo proactivo y estratégico, que genere valor cuantificable, o uno pasivo que quede impávido ante los errores del negocio.