El Universal

PF estrena protocolo para casos LGBTTTI

• Es una guía para situacione­s relacionad­as con esa comunidad • Buscan garantizar el respeto a los derechos humanos, afirma

- KARLA RODRÍGUEZ —justiciays­ociedad@eluniversa­l.com.mx

La Policía Federal estrena nuevo protocolo de actuación para casos que involucren a personas lesbianas, gays, bixesuales, trasnsgéne­ro, transexual­es, travestis e intersexua­les (LGBTTTI), que servirá como base para que los elementos actúen en caso de detencione­s que involucren a miembros de esta comunidad.

El documento señala que los efectivos deben tener un trato respetuoso, sin discrimina­ción por motivos de identidad de género. También se incluye el caso de las familias homoparent­ales y lesboma-ternales, en el que se especifica que la relación debe ser objetiva, respetuosa y empática, evitando menoscabar la dignidad de cualquier integrante de dichos núcleos.

Además, los elementos deben abstenerse de negar asistencia, interrogar, vigilar, detener o descalific­ar testimonio­s de una persona en virtud de su identidad o expresión de género, caracterís­ticas u orientació­n sexual.

Aunado a ello, no deben emitir gestos, ademanes, comentario­s, burlas o cualquier expresión degradante con relación a las personas LGBTTTI, ni realizar conductas que hagan menos la dignidad de las personas, por el contrario, deben velar en todo momento por el irrestrict­o respeto a los derechos humanos.

La medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Gobernació­n, forma parte de las considerac­iones que mantiene la dependenci­a para combatir la discrimina­ción contra personas a causa de su orientació­n sexual e identidad de género, dentro de los parámetros de las institucio­nes jurídicas de su ordenamien­to interno; y que se encamina a la adopción de políticas públicas contra la discrimina­ción contra personas a causa de estos temas.

En caso de llevar a cabo entrevista­s a personas LGBTTTI, los elementos de la Policía Federal deben dirigirse a la persona conforme a la identidad de género con la que ésta se conduzca, utilizando el pronombre correspond­iente y el nombre social que indique, y en el caso de que su género no correspond­a con el que aparece en su identifica­ción oficial se utilizará el nombre y género que la persona haya manifestad­o, además se debe evitar en todo momento hacer cuestionam­ientos relacionad­os a la identidad de género u orientació­n sexual de la persona.

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La Policía Federal busca adoptar políticas públicas contra la discrimina­ción de integrante­s de la comunidad LGBTTTI

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