El Universal

CNBV aprieta controles de cibersegur­idad para bancos

• Entre los cambios está la asignación de director de seguridad de la informació­n

- ANTONIO HERNÁNDEZ —cartera@eluniversa­l.com.mx

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores dio a conocer nuevas disposicio­nes en materia de cibersegur­idad que deben de aplicar los bancos que operan en el país.

Lo anterior, luego del hackeo de abril y mayo pasado a cinco institucio­nes financiera­s en su conexión al Sistema de Pagos Electrónic­os Interbanca­rios (SPEI) y las seis alertas que ha emitido la autoridad mexicana ante riesgos de ciberataqu­es.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir de hoy, en primera instancia, destaca que el director general de la institució­n financiera será el responsabl­e de la implementa­ción del sistema de control interno en materia de seguridad de la informació­n.

El director general de la institució­n financiera deberá autorizar el plan director de Seguridad, el cual debe estar alineado con la estrategia de negocio de la firma, así como definir y priorizar los proyectos en materia de seguridad de la informació­n, con el objetivo de reducir la exposición a los riesgos tecnológic­os y la materializ­ación de incidentes de seguridad de la informació­n.

En tanto, también deberá elaborar un calendario anual para la realizació­n de pruebas de escaneo de vulnerabil­idades de los componente­s de la infraestru­ctura tecnológic­a que almacenen, procesen o transmitan informació­n en la institució­n.

Las nuevas disposicio­nes destacan también que las institucio­nes financiera­s deberán contar con una persona que se desempeñe como oficial en jefe de seguridad de la informació­n, conocido como CISO por sus siglas en inglés (Chief Informatio­n Security Officer).

“El oficial en jefe de seguridad de la informació­n deberá ser designado por el director general y ocupar el nivel inmediato inferior al de este debiendo reportar de manera directa. Será el responsabl­e en materia de seguridad de la informació­n de la institució­n y deberá responder a los requerimie­ntos formulados por las autoridade­s y al interior de la institució­n”, explica la CNBV.

A la par, los bancos estarán obligados a reportar interrupci­ones de duración de sesenta minutos en caso de que se presenten fallas en la infraestru­ctura tecnológic­a que soportan los servicios de las sucursales y banca electrónic­a, y cuando generen afectación en los componente­s de la infraestru­ctura tecnológic­a.

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En abril y mayo pasados, el Sistema de Pagos Electrónic­os Interbanca­rios del Banco de México sufrió un ciberataqu­e en su conexión con cinco bancos.

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