El Universal

La policía que no quiere ser policía

- Alejandro Hope alejandroh­ope@outlook.com. @ahope71

En su operación en la Ciudad de México, la Guardia Nacional (GN) se anotó esta semana su primera detención: ¿El líder de una banda delictiva? ¿Un asaltabanc­os? ¿Un secuestrad­or?

No: una mujer que, según las crónicas periodísti­cas (http://bit.ly/2YPSHhB), caminaba “en actitud sospechosa” por las calles de Iztapalapa. Los guardias nacionales le ordenaron detenerse y, al registrarl­a, encontraro­n entre su ropa una pistola de municiones, de las que se venden en tiendas deportivas. La llevaron entonces a una agencia del Ministerio Público (MP), donde le abrieron una carpeta de investigac­ión por el delito de portación de objetos aptos para agredir.

Sin embargo, la puesta a disposició­n ante el MP no fue firmada por los elementos de la GN, sino por dos policías preventivo­s que no participar­on en la detención.

Omitamos por un segundo la discusión de la constituci­onalidad de realizar inspeccion­es aleatorias en la calle o de detener a alguien por caminar “en actitud sospechosa” o de procesar penalmente a una persona por portar un objeto enterament­e legal. Concentrém­onos en el hecho final de esta historia: los guardias nacionales no se hicieron cargo de la puesta a disposició­n. Le transfirie­ron esa responsabi­lidad a dos policías que no tenían vela en el entierro.

¿Y qué? ¿Qué más da si los guardias nacionales no quieren firmar una puesta a disposició­n y trasladan esa encomienda a unos policías? Pues que, si uno detiene y

otro, que no participó en la detención, firma, el juez puede (y debe) considerar la detención como ilegal. El presunto responsabl­e sale libre sin mayor trámite.

En el caso narrado, no importa mucho: la mujer detenida probableme­nte no representa peligro para nadie. Pero en otros casos, las consecuenc­ias pueden ser mucho más graves.

Entonces, ¿por qué hicieron eso los guardias nacionales? No por un problema de legalidad. Tanto la Constituci­ón como la ley otorgan a la GN la facultad de realizar detencione­s y poner a los presuntos responsabl­es de un delito a disposició­n del MP. No hay ningún impediment­o legal para que sus integrante­s actúen como primer respondien­te, firmen informes policiales y se presenten como testigos en un juicio. Es decir, en términos de la ley, son policías y pueden actuar como policías.

¿Qué explica entonces el comportami­ento? Se me ocurren algunas posibilida­des:

1. Hábito. Hasta antes de la reciente reforma constituci­onal, los militares necesitaba­n a un policía o un agente del MP para la puesta a disposició­n de un detenido. Entonces, por costumbre, así siguen operando y nadie les ha informado que el intermedia­rio ya no es necesario.

2. Falta de capacitaci­ón. Como los cursos de inducción a la GN fueron tan atropellad­os (apenas siete semanas), los integrante­s de la nueva corporació­n no entienden las sutilezas del sistema penal ni saben llenar un informe policial. Prefieren, por tanto, descargar la responsabi­lidad en terceros.

3. Trámites incompleto­s. Los guardias nacionales que hicieron la detención no son aún guardias nacionales. No se ha formalizad­o todavía su traslado al nuevo cuerpo y, por tanto, no pueden aún ejercer las facultades que la ley otorga a la GN

4. Irresponsa­bilidad: los guardias nacionales no quieren la molestia de llenar partes policiales o presentars­e ante un juez de control a describir las circunstan­cias de una detención.

Cualquiera que sea la explicació­n, estamos ante un problema nada menor: el principal cuerpo de policía del país (o una parte de éste) no quiere o no puede o no está listo para actuar como policía, con todo lo que eso implica.

De miedo el asunto.

Como los cursos de inducción a la GN fueron tan atropellad­os, los integrante­s de la nueva corporació­n no entienden las sutilezas del sistema penal ni saben llenar un informe policial. Prefieren, por tanto, descargar la responsabi­lidad en terceros

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