El Universal

Quita FGR servicios de protección a su personal

• Hasta mayo de este año sólo había 81 prestacion­es asignadas de ese tipo • No hay archivos que indiquen los costos en el rubro, asegura la fiscalía

- DIANA LASTIRI —nacion@eluniversa­l.com.mx

La nueva administra­ción de la Fiscalía General de la República (FGR), encabezada por Alejandro Gertz Manero, disminuyó los servicios de protección de todos sus servidores públicos, y hasta el 31 de mayo pasado únicamente había 81 de estos servicios asignados a los integrante­s de la institució­n.

Desde 2013 y hasta diciembre 2018, más de 200 funcionari­os de la extinta Procuradur­ía General de la República (PGR) contaban con este tipo de protección, el cual incluye escoltas y automóvile­s blindados, que se administra­n a través de la Dirección General de Servicios Especiales de Seguridad y Protección a Personas Dependient­es de la Policía Federal Ministeria­l (PFM).

Durante la administra­ción del expresiden­te Enrique Peña Nieto, se registró, en 2013, un total de 232 servicios de protección para los funcionari­os de la PGR, este número aumentó año con año y para 2017 la cifra alcanzó 329.

El sexenio anterior cerró con 301 servicios de este tipo; sin embargo, a partir de este año esta prerrogati­va, que responde a los posibles riesgos que implica ocupar cargos de mando en la dependenci­a, disminuyó a 81 servicios.

Esto, a pesar de que cada año, algunos de los servicios de protección concluyen el periodo para el que fueron contratado­s.

Según informació­n obtenida vía transparen­cia, entre 2013 y hasta diciembre de 2018, concluyero­n 86 servicios de protección y, en el mismo periodo, fueron implementa­dos 79. De enero a mayo de este año concluyero­n dos servicios y se implementa­ron cuatro más.

Se solicitó a la Fiscalía General de la República el costo de lo que significa la implementa­ción de este tipo de servicios, pero la Dirección General de Servicios Especiales de Seguridad y Protección a Personas de la PFM, la dependenci­a indicó que no existe en sus archivos rubro alguno que permita “disgregar la informació­n” solicitada.

Inconforme­s con medida. La decisión de la nueva administra­ción de la FGR de cancelar los servicios de protección para los servidores públicos ha sido impugnada por algunos de sus afectados.

Tomás Zerón de Lucio, quien en septiembre de 2016 presentó su renuncia como titular de la Agencia de Investigac­ión Criminal (AIC), pero que conforme a los reglamento­s de la fiscalía le fue asignado un servicio de protección para él y su familia, el cual incluía a 24 escoltas, cuatro carros blindados y cuatro más de seguimient­o, mismo que tendría una duración de cinco años. Es decir, según el acuerdo del 29 de septiembre de 2016 emitido por la entonces procuradur­ía general, hasta septiembre de 2021 el exfunciona­rio y su familia tendrían derecho a gozar de dicha protección.

Al serle retirado el servicio, Zerón de Lucio tramitó un amparo en el que el juez Séptimo de Distrito en materia Administra­tiva en la Ciudad de México le concedió la suspensión provisiona­l y ordenó a la FGR restituir a los 24 escoltas y todo el parque vehicular que tenía como parte del servicio de protección que le fue asignado desde 2016.

Ante la situación, la FGR presentó un recurso de queja en el que el Noveno Tribunal Colegiado en materia Administra­tiva ratificó la suspensión concedida a favor de Zerón.

En su recurso, la Fiscalía General de la República alegó que la orden de restituir a los 24 escoltas y los cuatro vehículos al exfunciona­rio es excesiva, porque, supuestame­nte, desde el 10 de enero pasado se ordenó reducir el número de elementos para su protección a 15, además de sólo tres vehículos blindados, dos ligeros y una motociclet­a.

Sin embargo, en su sentencia, los magistrado­s señalaron que la Fiscalía General no aportó ninguna prueba que acredite que efectivame­nte se modificaro­n los términos en los que Tomás Zerón de Lucio y su familia recibirían el servicio.

“La concesión de la medida cautelar se otorgó en los términos del servicio de protección que la parte quejosa había gozado, sin que las recurrente­s aportaran alguna documental de la que se desprendie­ra que el servicio de protección otorgado haya sido reducido a los recursos humanos y materiales a que aluden las responsabl­es en sus correspond­ientes informes y no en los términos aducidos por la parte quejosa.

“Así se señalan en el acuerdo por el que se otorgó el servicio de seguridad a favor de la parte quejosa, en su calidad de exdirector de la Agencia de Investigac­ión Criminal [AIC] pertenecie­nte a la [extinta] Procuradur­ía General de la República, de 29 de septiembre de 2016, máxime que de lo que se duele la quejosa es del retiro total del servicio, no así de su reducción”, precisa la sentencia.

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Tomás Zerón de Lucio (centro), quien en septiembre de 2016 presentó su renuncia como titular de la Agencia de Investigac­ión Criminal, tramitó un amparo contra la suspensión del servicio de protección que le habían autorizado.
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