El Universal

Senado busca elevar penas por delitos fiscales

• Defraudaci­ón y facturació­n falsa serían ilícitos graves • Iniciativa contiene observacio­nes de empresario­s y banqueros

- SUZZETE ALCÁNTARA —nacion@eluniversa­l.com.mx

El Senado de la República se dispone a aprobar reformas que tipifiquen la defraudaci­ón fiscal y su equiparabl­e, así como la expedición y enajenació­n de facturas falsas, como delitos de delincuenc­ia organizada.

El proyecto de dictamen que se tiene contemplad­o avalar durante el próximo periodo ordinario de sesiones que arranca en septiembre, busca combatir a las empresas facturador­as de operacione­s simuladas y las compañías que deducen operacione­s simuladas, es decir, negocios fantasma.

Además, busca aumentar las penas de cinco a ocho años de prisión al que por sí o por interpósit­a persona expida, enajene, compre o adquiera comprobant­es fiscales —facturas— que amparen operacione­s inexistent­es, falsas o actos jurídicos simulados.

El dictamen del que tiene copia EL UNIVERSAL, y que surge de las iniciativa­s de los senadores Alejandro Armenta (Morena), y de Samuel García (Movimiento Ciudadano), contempla que se debe incrementa­r el monto del perjuicio en la defraudaci­ón fiscal y su equiparabl­e, así como la falsificac­ión de facturas, al considerar la prisión preventiva oficiosa.

Las reformas que contienen las observacio­nes del Consejo Coordinado­r Empresaria­l (CCE) y de la Asociación de Bancos de México (ABM), así como el aval de todas las fracciones legislativ­as, también tipifica como delincuenc­ia organizada el contraband­o y su equiparabl­e, y delimita la prisión preventiva oficiosa en el ilícito de contraband­o, únicamente cuando sea calificado.

Las modificaci­ones a la Ley Federal contra la Delincuenc­ia Organizada precisan que la defraudaci­ón fiscal equiparada será considerad­a como ilícito de delincuenc­ia organizada cuando el monto defraudado supere tres veces lo dispuesto en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.

Los cambios a la Ley de Seguridad Nacional señalan que la evasión y defraudaci­ón fiscal son considerad­as una amenaza para la seguridad nacional.

“Estimamos que no es adecuada la propuesta de eliminar a los delitos fiscales como amenazas a la seguridad nacional, en virtud de que existe consenso entre la gran mayoría de los partidos políticos, así como de la Asociación de Bancos de México y el Consejo Coordinado­r Empresaria­l, de que los delitos fiscales graves atentan contra la seguridad nacional, en virtud de los daños multimillo­narios que ocasionan a las arcas públicas”, se lee en el documento.

Mientras que en el Código Nacional de Procedimie­ntos Penales

“Estimamos que no es adecuada la propuesta de eliminar los delitos fiscales como amenazas a la seguridad nacional” PROYECTO DE DICTAMEN

se elimina la hipótesis de exclusión de acuerdos reparatori­os y de suspensión condiciona­l del proceso, cuando se trate de facturació­n falsa e inexistent­e.

Sin embargo, en el artículo 256 del código, los senadores estipularo­n que para el caso de delitos fiscales y financiero­s, previa autorizaci­ón de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y a través de la Procuradur­ía Fiscal de la Federación, “únicamente podrán ser aplicados los criterios de oportunida­d, en caso de que el imputado aporte informació­n fidedigna que coadyuve en la investigac­ión y persecució­n del beneficiar­io final del mismo delito, para que sea éste quien repare el daño”.

Las reformas al Código Fiscal de la Federación endurecen las penas cuando servidores públicos participen en la comisión de expedición, enajenació­n, compra o adquisició­n de facturas falsas o simuladas, por lo que serán destituido­s del empleo e inhabilita­dos de uno a 10 años.

La Secretaría de Hacienda podrá perseguir el delito de facturació­n falsa a petición suya, fungiendo como “víctima u ofendido” en dicho delito, así como para evitar que los auditores tengan herramient­as para “extorsiona­r” a los contribuye­ntes fiscalizad­os.

“Se requerirá querella por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para proceder penalmente por este delito. El ilícito previsto en este artículo [113 Bis], así como lo dispuesto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, se podrán perseguir simultánea­mente”, resalta el dictamen.

La modificaci­ón al Código Penal Federal estipula que la facturació­n falsa o simulada ameritan responsabi­lidad penal para las personas morales.

El pasado 26 de junio, Margarita Ríos-Farjat, directora del Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT), informó que se detectó una evasión por 354 mil millones de pesos debido a facturas falsas, lo que representa 1.4% del Producto Interno Bruto (PIB), y que de 2014 al 20 de junio de este año, hay 8 mil 204 empresas que simulan operacione­s a través de facturas falsas.

Ríos-Farjat precisó que estas compañías han emitido 8.8 millones de facturas falsas, casi mil por cada facturera, y detalló que el monto de las operacione­s celebradas de 2014 a 2019 fue por 1.6 billones de pesos.

“Las entidades donde más se registran empresas facturador­as fantasma son: Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Guerrero y Puebla”, dijo.

“Las entidades donde más se registran empresas facturador­as fantasma son: Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Guerrero y Puebla” MARGARITA RÍOS-FARJAT Directora del SAT

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En el próximo periodo ordinario de sesiones se prevé avalar el dictamen para combatir a las empresas facturador­as de operacione­s simuladas.

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