El Universal

Tipifican lesiones en razón de género

• Se castigarán ataques a mujeres para causarles daños: diputados

- CARINA GARCÍA Y HORACIO JIMÉNEZ — nacion@eluniversa­l.com.mx

La Cámara de Diputados aprobó la creación del nuevo tipo penal de lesiones en razón de género, consistent­e en los ataques a una mujer no necesariam­ente para privarle de la vida, sino para causarle alteración o daños infamantes o degradante­s, por ejemplo, arrojarles ácido.

Los cambios al Código Penal Federal fueron avalados en lo general con 359 votos de todas las bancadas y quedó establecid­o que se impondrán de 10 a 15 años de prisión, al que cause lesiones a una mujer en razón de género.

Esa pena aumentará de 15 a 20 años de prisión si entre el sujeto activo (presunto responsabl­e) y la víctima hubo relación sentimenta­l, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinac­ión o superiorid­ad, y que haya motivado las lesiones infamantes, degradante­s o mutilacion­es.

Esas penas aumentarán en dos tercios si para causar las lesiones se usan sustancias corrosivas o cuando sean provocadas en los órganos genitales femeninos y mamas.

La diputada Pilar Ortega (PAN), presidenta de la Comisión de Justicia, explicó que con el nuevo tipo penal se busca distinguir las lesiones dolosas, de las que son cometidas contra mujeres en razón de género y que no buscan privarle de la vida, sino dejar una huella en ella, causarle secuelas físicas o sicológica­s y alterar su salud o daño producido por causa externa.

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