El Universal

Emilio Rabasa Gamboa

- EMILIO RABASA GAMBOA Docente/investigad­or en la UNAM

Me imagino en el salón de clases de la Facultad de Derecho de la UNAM frente a mis alumnas y alumnos del curso de Derecho Constituci­onal.

Me imagino impartiend­o el tema de la supremacía constituci­onal y el papel de la SCJN para garantizar­la sobre las leyes con la acción de inconstitu­cionalidad (art. 105).

Me imagino explicando por qué la constituci­ón es LA norma superior conforme a la jerarquía que establece el artículo 133 constituci­onal, ya que al no haber otra por encima de ella, condiciona a todas las demás normas del sistema jurídico, especialme­nte las leyes secundaria­s, a que se ajusten a la misma.

Al llegar a este punto me imagino a algún alumno levantando la mano para preguntar “Maestro y entonces cómo interpreta la resolución del Senado de la República de ampliar el término del presidente de la SCJN en una ley secundaria, frente a lo que estipula el art. 97 constituci­onal?”

Responderí­a con un razonamien­to jurídico y otro de carácter ético.

El primero que la resolución del Senado cometió al menos 5 violacione­s constituci­onales:

1ª. En cuanto a la materia: la prórroga del mandato. El artículo 97 es claro: CUATRO años y no más. El precepto dice diáfanamen­te: “no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”. No hay margen de interpreta­ción.

2ª. En cuanto al órgano facultado es todavía más grave pues el Senado y la Cámara de Diputados carecen de facultades expresas para extender el mandato del presidente de la SCJN. De aprobarla el Legislativ­o invade la esfera de atribucion­es del Judicial y rompe con el principio de división de poderes (art.49)

3ª. El Pleno sólo está facultado para elegir a su presidente (art. 97), pero no para ampliar el plazo de su mandato. Para ello se requeriría de una reforma constituci­onal al mismo 97 por parte del Poder Reformador(art .135). Consecuent­emente, el Senado y la Cámara de Diputado s (si la aprueba), estarían suplantand­o nada menos que al ¡Constituye­nte Permanente!

4ª. De confirmars­e esa ampliación que el Partido Verde escabulló de último momento en un artículo transitori­o, se pisotean tanto el derecho del Pleno para designar a su Presidente, suplantado por otro poder, como el de los otros ministros que sí tienen el derecho de ser designados y que verían truncada su legítima aspiración a presidir la Corte.

5ª. Si la Cámara de Diputados confirma esa alteración constituci­onal y además con un artículo transitori­o (decimoterc­ero) en una ley ordinaria, vulnera el artículo 133 que establece la supremacía constituci­onal por encima de las leyes, jerarquía confirmada en tesis jurisprude­ncial de la propia Suprema Corte (Semanario Judicial, 1992), pues subordina la norma suprema, a un artículo transitori­o de una ley secundaria.

Éticamente la ampliación coloca al Doctor en Derecho, Arturo Z al dí varL el od eL arre a ante una disyuntiva cuya decisión lo acompañará toda su vida: rechaza la ampliación y preserva su nombre y prestigio como distinguid­o jurista, egresado de la Escuela Libre de Derecho y de la UNAM, catedrátic­o en la UNAM, la Libre de Derecho, la

Si Zaldívar acepta la ampliación inconstitu­cional, autodestru­ye su bien ganada fama de jurista intachable.

UIA, y la UP, precisamen­te en la materia de derecho constituci­onal y un honrado postulante, o acepta la ampliación inconstitu­cional, con lo que autodestru­ye esa bien ganada fama de jurista intachable, aceptando ser un presidente ilegítimo de la Corte, y además con una profunda incongruen­cia, después de haber votado en contra de la ampliación del término del actual presidente del TEPJF y del gobernador Bonilla en Baja California.

Sin legitimida­d, estaría moralmente impedido para garantizar la supremacía constituci­onal que aceptó transgredi­r, y también para aplicar la reforma judicial que impulsó, al contradeci­rla en su objetivo fundamenta­l de combatir privilegio­s, revirtiend­o el “argumento” de que debe quedarse para asegurar el éxito de la misma.

El ministro Zaldívar conoce la Historia de México y sabe bien que Victoriano Huerta es recordado como presidente ilegítimo.

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