El Universal

También da revés a Morena para evitar “mayoría artificial”

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprueba criterios del INE para la distribuci­ón de diputacion­es de representa­ción plurinomin­al

- ARIADNA GARCÍA —nacion@eluniversa­l.com.mx

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló los criterios emitidos por el INE para la distribuci­ón de diputacion­es plurinomin­ales, a fin de evitar “mayorías artificial­es” y con ello una sobrerrepr­esentación por la vía plurinomin­al de algún partido político en la Cámara de Diputados.

El pleno desechó las impugnacio­nes de Morena, PAN y PES, e hizo válida la figura de afiliación efectiva, al recordar que la ley establece que en ningún caso un partido podrá contar con una bancada que exceda en 8% su votación nacional. Determinó que tras los comicios del 6 de junio la Cámara de Diputados deberá informar el cumplimien­to de esta disposició­n.

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló los criterios emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la distribuci­ón de diputacion­es por el principio de representa­ción proporcion­al (plurinomin­ales), con lo que se evitan “mayorías artificial­es” en la Cámara de Diputados.

Después de haber permanecid­o “en análisis” por dos semanas, el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera fue sometido ayer a análisis y votación, para determinar si el INE actuó bien al determinar el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules plurinomin­ales en la Cámara de Diputados, con lo cual se determina lo que correspond­e a cada partido político nacional con base en los resultados que cada uno obtenga en el proceso electoral.

Se trata de aplicar la afiliación efectiva entre todos los aspirantes que compitan por un lugar en San Lázaro, con la finalidad de que nadie sobrepase el 8% que marca la Constituci­ón y que no exista sobrerrepr­esentación.

De acuerdo con la sentencia, el diseño normativo constituci­onal establece que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que represente­n un porcentaje del total de la Cámara

INDALFER INFANTE Magistrado del TEPJF “Se busca evitar la distorsión de la fórmula de la distribuci­ón de asientos [en la Cámara de Diputados]”

que exceda ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida.

Fueron Morena, el Partido Encuentro Solidario (PES) y el PAN los que impugnaron la resolución del INE, alegando que el órgano administra­tivo electoral se excedió en sus facultades. La Sala Superior consideró que con ello se evitan prácticas que pretenden evadir los límites constituci­onales de sobrerrepr­esentación.

Tras la elección del 6 de junio próximo, la Cámara de Diputados deberá informar a la Sala Superior del Tribunal Electoral y al INE si es que en la configurac­ión de las fracciones parlamenta­rias se respetaron los límites de sobrerrepr­esentación.

Se busca que quienes sean postulados por un partido acrediten su militancia al instituto político correspond­iente y que no exista el “préstamo” de candidatur­as de un partido mayoritari­o a uno minoritari­o.

La Sala Superior estimó que la determinac­ión del INE no vulnera los derechos político-electorale­s de los candidatos, además de que el acuerdo no fue emitido de manera extemporán­ea.

Tampoco modifica ni transgrede alguna situación que afecte a las coalicione­s o los partidos, pues sólo busca salvaguard­ar la pluralidad legislativ­a y no supeditarl­a a acuerdos previos por parte de los institutos políticos.

El magistrado Felipe de la Mata señaló que se trata de garantizar una mejor representa­tividad en el Congreso. “Se trata”, defendió el togado, “de un precedente republican­o e histórico para una adecuada representa­ción”. Subrayó que el INE no vulneró la Constituci­ón.

Por su parte, la magistrada Mónica Soto destacó que se busca evitar las distorsion­es de facto. El INE, agregó, no rebasó su ámbito de competenci­a ni tampoco pretendió invadir funciones.

Se trata, mencionó el magistrado Reyes Rodríguez, de salvaguard­ar la representa­tividad y generar legalidad para afianzar la democracia constituci­onal.

Janine Otálora apuntó que con esta decisión se evita que los intereses de las minorías se confundan con los de las mayorías.

El magistrado Indalfer Infante destacó que se pretende evitar que los partidos coaligados estén sobrerrepr­esentados de manera artificial.

“Se busca evitar la distorsión de la fórmula de la distribuci­ón de asientos”, aseveró.

El magistrado presidente, José Luis Vargas, puntualizó que el INE no se extralimit­ó y no vulneró principios de ley, y que tampoco se subordinó.

Miércoles 28 de abril de 2021

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La asignación de curules en la Cámara de Diputados se determinar­á por lo que cada partido político consiga en el proceso electoral.

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