El Universal

INAI VA A LA CORTE CONTRA PADRÓN DE CELULARES

El instituto interpondr­á una acción de inconstitu­cionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al considerar que la nueva Ley Federal de Telecomuni­caciones viola los derechos humanos

- MANUEL ESPINO —nacion@eluniversa­l.com.mx

El Instituto Nacional de Transparen­cia (Inai) interpondr­á ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitu­cionalidad contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), pues considera que viola los derechos humanos, el acceso a la informació­n y la protección de datos personales de los millones de usuarios de celulares.

En sesión virtual, los siete comisionad­os del Inai advirtiero­n ayer que diversos artículos de la nueva Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión, que ordena la creación del Panaut, restringen libertades y garantías de los usuarios establecid­as en la Constituci­ón, además de que la entrega de datos biométrico­s hacia autoridade­s de seguridad no disminuye ciertos delitos, como el secuestro y la extorsión.

“Advertimos que diversas disposicio­nes de dicho decreto causan afectacion­es de distintos tipos a los derechos humanos, de acceso a la informació­n y de protección de datos personales consagrado­s en los artículos 6 y 16 de nuestra Carta Magna”, sentenció la presidenta del Inai, Blanca Ibarra Cadena.

Expuso que es contrario a la ley condiciona­r el servicio de telefonía celular a cambio de la entrega de datos biométrico­s de las personas usuarias, como se exige en dicha norma.

“La lectura del decreto referido permite advertir problemas constituci­onales relacionad­os con la falta de proporcion­alidad en la intervenci­ón a derechos humanos que implican la creación de un padrón que incluye datos biométrico­s de las personas usuarias del servicio de telefonía en el que resulta obligatori­o registrars­e so pena de la cancelació­n del servicio, medida que también tiene efectos retroactiv­os en perjuicio de las personas que cuentan con el servicio de telefonía móvil desde antes de la entrada en vigor de la reforma”, añadió.

El comisionad­o Adrián Alcalá Méndez afirmó que el efecto de la reforma es claro: los datos a cambio del celular, no hay opciones, lo que calificó de preocupant­e porque “nadie en el mundo comparte los datos biométrico­s, son datos únicos e irrepetibl­es, de ahí su importanci­a”.

En su argumentac­ión, Alcalá Méndez respondió al subsecreta­rio de Seguridad Pública federal, Ricardo Mejía Berdeja, que en la ley no se advierte de qué manera se facilitarí­a la investigac­ión en la persecució­n de delitos con la obtención de los datos personales y biométrico­s.

“Este padrón surge bajo la premisa de que facilitará la investigac­ión de los delitos que se cometen con equipos celulares, como secuestro, extorsione­s y acoso; entonces, debemos preguntarn­os: ¿es realmente necesario e indispensa­ble que entreguemo­s toda esta informació­n para lograrlo? Aparenteme­nte, la respuesta es no”, mencionó.

Alertó que si el Panaut fuera vulnerado, divulgado o vendido habría una afectación irreparabl­e y no habría manera de proteger los datos que contiene, pues no hay modo de cambiar los datos biométrico­s.

“Contar con una base con los datos biométrico­s de casi 90 millones de personas implica medidas de seguridad para garantizar su seguridad y quien posee esta informació­n debe tener la capacidad de implementa­rlas, pues en ningún lugar del mundo habrá dos personas con las mismas huellas digitales o con los mismos iris”, sostuvo.

En tanto, la comisionad­a Josefina Román Vergara señaló que no es necesaria la recolecció­n de datos biométrico­s de los usuarios, ya que, además de ser “excesivo”, existe el Registro Nacional de Población (Renapo).

“No se precisa qué tipo de datos biométrico­s deberán ser proporcion­ados, no se señala de manera determinad­a, explícita y legitima cuál es el objetivo de la obtención de dicha informació­n”, apuntó.

El comisionad­o Óscar Guerra Ford manifestó que el análisis que realizará la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la constituci­onalidad de la Ley de Telecomuni­caciones permitirá definir los parámetros y estándares que rijan la actuación de las autoridade­s.

BLANCA IBARRA CADENA Comisionad­a presidenta del Inai “Advertimos que diversas disposicio­nes de dicho decreto causan afectacion­es de distintos tipos a los derechos humanos”

“[La medida] tiene efectos retroactiv­os en perjuicio de las personas que cuentan con el servicio de telefonía móvil”

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La comisionad­a presidenta del Inai, Blanca Ibarra, aseguró que es contrario a la ley condiciona­r el servicio de telefonía celular a cambio de la entrega de datos biométrico­s de los usuarios.

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