Amparan contra ley de austeridad a exfuncionaria
La sentencia detalla que la legislación viola el derecho al trabajo y discrimina a ciudadanos que han ocupado alguna vez un cargo público
EXSERVIDORES
han interpuesto demandas contra la ley de austeridad.
A poco más de un año de que exempleados públicos interpusieron recursos legales contra la Ley Federal de Austeridad Republicana que los inhabilita durante 10 años para trabajar en el sector privado, con el fin de evitar conflictos de interés, una exfuncionaria de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) obtuvo un amparo indirecto contra esa legislación.
El fallo se da en medio de otras decisiones judiciales para detener las reformas aprobadas a los marcos legales de diversos sectores, sobre todo del petrolero y del eléctrico, a través de las cuales el gobierno de la Cuarta Transformación (4T) busca implementar su visión de proyecto.
De acuerdo con la sentencia, a la cual tuvo acceso EL UNIVERSAL, la Ley Federal de Austeridad Republicana es violatoria del derecho al trabajo, además de que discrimina a los ciudadanos que han desempeñado algún cargo público en el país.
El documento destaca que “la disposición reclamada es violatoria de los derechos al libre ejercicio de la profesión, igualdad y no discriminación, habida cuenta que, de entre un conjunto de opciones viables, la legislatura optó por la medida más deletérea en perjuicio de los derechos de la parte quejosa”.
El despacho que interpuso la demanda, Trusan & Roma Abogados, explicó que se trata de los primeros casos en que exfuncionarios obtienen un amparo contra la medida, la cual, desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación en noviembre de 2019, fue muy criticada y considerada inconstitucional por parte de especialistas.
De acuerdo con los expertos, la ley afecta el desempeño profesional de los ciudadanos que ejercieron algún cargo como funcionarios públicos.
El abogado Rodolfo Martínez, socio del despacho y catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, explicó que hasta el momento hay alrededor de 5 mil 250 exfuncionarios que interpusieron demandas colectivas están a la espera de la resolución por parte de los juzgados.
Se trata de procesos que se vieron interrumpidos por la pandemia de Covid-19, pero poco a poco se han retomado, agregó.
“La legislatura soslayó que, como autoridad nacional, tiene obligación de regular relaciones sociales desde una perspectiva de igualdad, de cara a fortalecer los derechos laborales reconocidos por el orden jurídico nacional e internacional a favor de la clase trabajadora, en el caso de las personas que trabajan en el sector público y que ocupan cargos de mando superior”, argumenta la sentencia.
Además, resalta que el concepto de violación es fundado y suficiente para conceder el amparo y protección de la justicia federal, pues al incumplir sus obligaciones de proteger los derechos humanos en la parte gobernada, la legislatura vulneró en su perjuicio los artículos 1 y 5 de la Constitución Mexicana.
“Los servidores públicos comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior a que se refiere el manual de percepciones previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria del Gobierno Federal, que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años”, refiere el texto de la Ley Federal de Austeridad Republicana.
De acuerdo con expertos en la materia, la legislación aplicada en México es mucho más restrictiva respecto a otros países, ya que en Estados Unidos el ordenamiento para trabajadores públicos, también conocido como “puerta giratoria”, marca un plazo de cinco años para que puedan laborar en el sector privado.
Sin embargo, las regulaciones en España, Japón, Reino Unido y Países Bajos marcan un tiempo de espera de sólo dos años.
SENTENCIA DE AMPARO A EXFUNCIONARIA DE LA CNH “La disposición reclamada es violatoria de los derechos al libre ejercicio de la profesión, igualdad y no discriminación”