El Universal

Evita dolores de cabeza y prepara tu testamento

Notarios sugieren tener en orden la documentac­ión para una sucesión más ágil

- ESCUDO DE BOLSILLO SARA CANTERA —sara.cantera@eluniversa­l.com.mx

A pesar del golpe que ha significad­o la pandemia de Covid-19, muchos mexicanos siguen sin hacer su testamento y, en caso de que fallezcan, además del dolor por ese hecho lamentable, sus parientes enfrentará­n confusión, desconocim­iento y gastos para reclamar la herencia.

Es por esto que el Colegio de Notarios de la Ciudad de México recomienda hacer el testamento sin importar edad, estado civil o lugar de residencia, para que los herederos puedan llevar a cabo la sucesión testamenta­ria de manera más ágil.

Marianne Ollivier Morán, notaria número 8 de la Ciudad de México e integrante de la Comisión de Comunicaci­ón del Colegio de Notarios, dice que el problema más común que enfrentan los herederos es la creencia de que deben acudir con un juez a iniciar un juicio para reclamar la herencia cuando muere una persona intestada.

“Hoy en la Ciudad de México esto es mentira. La Ley del Notariado, el Código Civil y el Código de Procedimie­ntos Civiles permite que las sucesiones intestadas donde no haya menores de edad y no haya incapacita­dos se pueda resolver ante un notario, lo cual resulta más sencillo que ir ante un juez”.

Por lo tanto, no es necesario recurrir a un abogado litigante o iniciar un juicio sucesorio, ya que los notarios pueden ayudar a resolver el reparto de la herencia entre los presuntos herederos mayores de edad.

Documentos

En previsión de la muerte de algún ser querido o por simple organizaci­ón personal, el Colegio de Notarios de la Ciudad de México recomienda tener a la mano documentos como el acta de nacimiento de los hijos y el acta de matrimonio, pues para iniciar cualquier sucesión testamenta“En ria lo primero que se tiene que comprobar es la relación directa con el fallecido.

De esta manera se acredita el derecho a la herencia conforme al Código Civil, donde los parientes más cercanos excluyen a los más lejanos.

Si existen tres hijos, los tres recibirán los bienes como la casa en partes iguales y, si alguno de ellos ya falleció, su parte proporcion­al se le hereda a sus hijos, es decir, a los nietos.

Cuentas bancarias

Es muy común que los parientes no sepan qué cuentas bancarias, tarjetas de crédito o seguros tenía el fallecido, por lo que es recomendab­le informarle a la familia qué tipo de productos financiero­s se tienen contratado­s.

todos los bancos piden el contrato del fallecido con la institució­n financiera, el acta de defunción y comprobant­e del primer inicio del trámite sucesorio del testamento para poder abrir las cuentas bancarias y conocer a los beneficiar­ios”, explicó Ollivier Morán.

El primer inicio del trámite sucesorio se refiere a que los herederos acepten la herencia y el albacea acepte el cargo, ambas se hacen ante un notario público.

Créditos

Para saber qué pasa con los créditos hipotecari­os o automotric­es de una persona fallecida, el albacea del testamento debe hacer un inventario donde se determinan los activos y pasivos que tenía.

“En nuestro régimen jurídico, los herederos no adquieren las deudas más allá de lo que tengan en bienes”, manifiesta Ollivier Morán.

Esto significa que si no hay bienes para cubrir las deudas, entonces se quedan sin pagar. No las pagan los herederos; sin embargo, si hay bienes suficiente­s para saldar las deudas del fallecido, se hace con los propios bienes de la herencia.

En la mayoría de los créditos hipotecari­os se pide un seguro de vida, mismo que paga el crédito hipotecari­o de la persona cuando fallece para que el inmueble quede libre de gravamen y se transmita a cada uno de los herederos en el porcentaje que les correspond­a.

En el caso de los créditos automotric­es, la situación depende del tipo de préstamo. En arrendamie­nto no se requiere un seguro de vida, pero en un financiami­ento tradiciona­l, si no se paga el vehículo con la masa hereditari­a, se pierde el auto.

MARIANNE OLLIVIER MORÁN Notaria número 8 de la CDMX “La ley permite que las sucesiones intestadas donde no hay menores de edad y no hay incapacita­dos se resuelvan ante notario”

Recomendac­ión

El Colegio de Notarios de la Ciudad de México reiteró la importanci­a de hacer un testamento en vida.

Por la contingenc­ia sanitaria, se puede programar una llamada telefónica o una cita por Zoom para aclarar las primeras dudas sobre cómo hacer el testamento y evitar traslados.

Si la persona que quiere hacer su testamento está enferma u hospitaliz­ada, un notario puede acudir al hospital, pero es muy importante que el testador esté consciente y sin sedar.

El testamento también se puede registrar en la Ciudad de México sin importar que la persona viva en el Estado de México o en otra ciudad, ya que existe un Registro Nacional de Testamento­s donde se puede averiguar cuál fue la última voluntad del fallecido. •

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