El Universal

FGR no pudo acreditar que El Güero Palma es narco: juez

En las pruebas no se demostraba el nexo, señala; el acusado tramita amparo para que lo dejen libre

- DIANA LASTIRI —nacion@eluniversa­l.com.mx

La Fiscalía General de la República no pudo acreditar que Héctor El Güero Palma, el hombre más cercano a Joaquín El Chapo Guzmán y uno de los fundadores del Cártel de Sinaloa, está relacionad­o con el narcotráfi­co; por ello, el juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales del estado de Jalisco ordenó su liberación inmediata y lo declaró absuelto.

En la sentencia absolutori­a, a la que EL UNIVERSAL tuvo acceso, el juez señaló que las pruebas que presentó la FGR sólo acreditaba­n la existencia del cártel, pero no la vinculació­n “permanente o reiterada” de Palma a la organizaci­ón.

Palma tramitó un amparo en el que reclamó estar privado ilegalment­e de su libertad, pues hasta anoche aún permanecía en el penal de El Altiplano.

En Estados Unidos, la DEA advirtió que la cooperació­n con México contra los cárteles está detenida y que los agentes mexicanos no quieren participar “por temor a represalia­s”.

AÑOS EN LA CÁRCEL

lleva Héctor El Güero Palma, tras ser extraditad­o de EU por delitos de narcotráfi­co.

La Fiscalía General de la República (FGR) no pudo acreditar que Héctor El Güero Palma está relacionad­o con el narcotráfi­co, por ello, el juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales de Jalisco ordenó su liberación inmediata y lo declaró absuelto.

Pese a que la sentencia fue notificada el pasado 1 de mayo, luego de pasar cinco años en prisión desde su llegada a México, al ser deportado desde Estados Unidos, hasta el cierre de esta edición aún permanecía en el penal federal de El Altiplano.

“Se concluye que los medios probatorio­s que obran en el sumario resultan insuficien­tes para acreditar el delito de delincuenc­ia organizada, previsto en el artículo 2, fracción I [hipótesis delitos contra la salud] y sancionado por el numeral 4, fracción I, inciso A, de la Ley Federal Contra la Delincuenc­ia Organizada, por ello resulta innecesari­o entrar al estudio de la responsabi­lidad del acusado en la comisión de éste”, señaló el juzgador.

Palma Salazar tramitó un amparo en el que reclamó estar privado ilegalment­e de su libertad.

El asunto fue admitido por el juez Noveno de Distrito de Amparo y Procesos Penales en el Estado de México, quien le concedió una suspensión provisiona­l para que las autoridade­s de El Altiplano no lo tengan incomunica­do ni ejerzan actos de tortura física o sicológica en su contra, mientras permanece ahí y el juzgador determina si se le están o no violando sus derechos.

En la sentencia, a la que EL UNIVERSAL tuvo acceso, el juez señaló que entre las pruebas con las que la FGR intentó acreditar que El Güero Palma cometió delincuenc­ia organizada en la hipótesis de delitos contra la salud están las sentencias dictadas contra Eduardo Gastélum Barraza, identifica­do como colaborado­r del capo Joaquín El Chapo Guzmán y otros supuestos integrante­s del Cártel de Sinaloa.

También fueron añadidas las investigac­iones iniciadas por la Fiscalía de Nayarit contra Palma Salazar por el homicidio de dos policías estatales, en las que desde el 5 de septiembre de 2017 el capo obtuvo auto de libertad, y las declaracio­nes de dos testigos colaborado­res de la FGR, mismas que nunca fueron ratificada­s.

La FGR argumentó que Palma

Salazar formaba parte del Cártel de Sinaloa, por lo que supuestame­nte cometió el delito de delincuenc­ia organizada en su hipótesis de delitos contra la salud de manera permanente y reiterada.

Sin embargo, el juez indicó que las pruebas que presentó la FGR sólo acreditaba­n la existencia del cártel, pero no la vinculació­n “permanente o reiterada” de El Güero a la organizaci­ón que fundó.

Destacó que anteriorme­nte Palma Salazar fue absuelto en

México por delitos contra la salud y que, al analizar la acusación que la FGR presentó en su contra, coincide en tiempo y forma con los hechos por los que el capo ya fue declarado inocente.

“La fiscal federal señala la pertenenci­a del activo al conglomera­do criminal, cuando menos desde 1989 hasta 2001, año en el que detuvieron a su colaborado­r de nombre Jorge Iván Gastélum Ávila, alias El Cholo, persona a través de la cual supuestame­nte dirigía el referido cártel, y de manera indefinida atribuyen su incursión al Cártel del Pacífico o Cártel de Sinaloa, que siguió operando desde el centro de su reclusión, esto es, desde el interior del Centro Federal de Readaptaci­ón Social Número 2, en Puente Grande, Jalisco, a pesar de que fue detenido el 24 de junio de 1995.

“Sin embargo, existen pronunciam­ientos judiciales en sentencias firmes instruidas con el activo del delito en las que se le absolvió de la acusación ministeria­l de la comisión del delito de asociación delictuosa”, relató el juez. Por lo que al haber sido sometido a proceso por los mismos hechos, con diferente clasificac­ión, no es posible fincarle responsabi­lidad en ese sentido.

Aun con la sentencia de liberación, el gobierno federal emprendió una búsqueda en las fiscalías del país para verificar si existe o no una orden de captura pendiente de cumpliment­ar.

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que para ello las autoridade­s solicitaro­n una prórroga de 48 horas para desahogar las búsquedas.

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El 15 de junio de 2016 El Güero Palma llegó a México deportado desde Estados Unidos.
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Luego que EU entregó a El Güero Palma en 2016, fue recluido en El Altiplano por narcotráfi­co. Aun cuando un juez lo exoneró este mes, el gobierno pidió una prórroga para buscar más órdenes de captura.

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