El Universal

Dan plazo para operar registro de tortura

Tribunal ordena a FGR que en un mes a más tardar instale el sistema sobre delito

- DIANA LASTIRI —nacion@eluniversa­l.com.mx

Un tribunal federal instruyó a Alejandro Gertz, fiscal General de la República, que en un plazo no mayor a un mes establezca la infraestru­ctura necesaria para operar el Registro Nacional del Delito de Tortura, cuya creación fue ordenada por ley desde hace casi cuatro años.

“Que el fiscal General de la República, en un plazo no mayor a 30 días establezca la infraestru­ctura tecnológic­a necesaria para operar el Registro Nacional del Delito de Tortura, es decir, ponga en operación el referido registro; el fiscal Especial en Investigac­ión del Delito de Tortura, una vez que el fiscal General de la República establezca la infraestru­ctura tecnológic­a necesaria para operar el Registro, realice el registro correspond­iente respecto de la víctima”, señaló el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México.

La resolución fue dictada el 25 de marzo pasado en el amparo en revisión tramitado por el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), en representa­ción de una víctima de tortura.

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO “Este Tribunal Colegiado concluye que, en la especie, se actualiza una omisión absoluta en una competenci­a de carácter obligatori­o, en la medida que el Registro Nacional del Delito de Tortura no está en operación, a pesar de transcurri­r el plazo legal”

Esto, luego de que los magistrado­s concluyero­n que el titular de la FGR incurrió en omisión absoluta al no emitir los lineamient­os necesarios para que opere el Registro Nacional del Delito de Tortura.

En la resolución, el Tribunal Colegiado también ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la FGR para que analice si la titular de la Fiscalía Especializ­ada en Materia de Derechos Humanos, Sara Irene Herrerías Guerra, incurrió en omisiones que pudieran derivar en responsabi­lidad administra­tiva.

Esto, al considerar que no supervisó que las investigac­iones sobre las violacione­s de derechos humanos de la víctima, que tramitó el amparo a través del IFDP, fueran realizadas adecuadame­nte.

“El acto que se reclama a la titular de la Fiscalía Especializ­ada en Materia de Derechos Humanos no se relaciona directamen­te con la integració­n material de la investigac­ión indicada sino, por el contrario, se le atribuye la omisión de ejercer sus facultades de supervisió­n en torno a esa indagatori­a”, precisa el documento.

El caso derivó de una recomendac­ión emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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El fiscal Alejandro Gertz debe cumplir orden del tribunal.

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