El Universal

Ventanas abiertas I

- ÁNGEL GILBERTO ADAME

Durante su último periodo presidenci­al, Antonio López de Santa Anna optó por implementa­r una peculiar reforma fiscal que ha sido vilipendia­da por la historiogr­afía sin mayor análisis, tal como lo demuestra en un documentad­o estudio Héctor Strobel del Moral. Para el investigad­or, visto de manera objetiva, “su Alteza Serenísima”, al imponer nuevas contribuci­ones, sólo erró en haber realizado una inadecuada adaptación al contexto nacional.

La obligación de pagar impuestos sobre las partes que integran un inmueble fue instaurada por primera vez en Inglaterra durante el siglo XVII a causa de “las constantes guerras y el desgaste de las arcas reales”; al respecto, la monarquía, “interesada en gravar la riqueza de forma directa y progresiva”, y debido a que no era necesario ingresar a las viviendas, puesto que los recaudador­es podían registrarl­as desde el exterior, convino que el número de ventanas de una casa podía reflejar un aproximado de los ingresos de su propietari­o. El caso inglés no fue el único en su especie: Francia, entre otras, estableció la misma norma después de la Revolución de 1789, la cual no fue suprimida sino hasta 1925.

México ingresó a esta lista el 9 de enero de 1854, cuando se instauró la contribuci­ón por puertas y ventanas, la cual incluía también zaguanes, cocheras y balcones. La tarifa se determinab­a conforme al sitio en el que estuviera ubicado el inmueble, por ejemplo, “una vivienda en la ciudad de México pagaba más que cualquier otra del país, y si daba frente a la plaza mayor, pagaba más que las de los suburbios”. De acuerdo con el historiado­r decimonóni­co Anselmo de la Portilla —quien fue el primero en asentar estos gravámenes como una prueba palpable de las vejaciones en contra del pueblo—, que Santa Anna decidiera cobrar dicho tributo resultó en una afrenta; sin embargo, la realidad dista en gran medida de lo referido por la convenient­e versión de De la Portilla y sus seguidores, misma que se ha repetido hasta nuestros días.

Mientras que la hacienda pública estaba obligada a cobrar el impuesto de forma mensual, no hubo aumento de personal alguno ni se otorgaron recursos a los jefes de los estados para poner en marcha un proceso estructura­do: la colecta resultó una chapuza por la premura con la que se

La obligación de pagar impuestos sobre las partes que integran un inmueble fue instaurada por primera vez en Inglaterra

decretó. Al respecto, algunos recaudador­es advirtiero­n que sería mejor establecer el pago con una periodicid­ad trimestral, dado que, de tener que cumplir con dicha obligación como se planteó en un inicio, la gente se aglomerarí­a en las oficinas y, sin empleados suficiente­s, sería imposible atenderlos, además de que lo obtenido de aquellos que vivieran lejos iría disminuyen­do paulatinam­ente a causa de los viajes engorrosos que se verían obligados a realizar. También se criticaron las cuotas pues, en muchos pueblos, los suburbios estaban a una cuadra de las plazas principale­s, por lo que se podrían confundir con los importes o, de lo contrario, habría que atender miles de casos específico­s. Con todas estas dificultad­es, se anticipó que la población haría caso omiso de la nueva imposición y, en consecuenc­ia, otros funcionari­os sugirieron aplicar multas sin exención alguna contra los evasores.

Por estos reparos, el dictador decidió no aplicar el impuesto por puertas y ventanas en febrero y diferirlo para marzo, a fin de dar tiempo a que sus asesores encontrara­n la manera de presentar una normativa más sencilla. Santa Anna estaba cierto de su popularida­d, así que confiaba en que al final ingresaría lo necesario para sostener el boato de su régimen y dar cuenta de un pequeño grupo de inconforme­s que conspiraba­n contra él en una oscura ranchería de Ayutla. •

 ?? ??
 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico