El Universal

Se castigará con cárcel continuaci­ón de Tren Maya: juez

Advierte que la suspensión definitiva de las obras está vigente y que su desacato constituye un delito penal

- ADRIANA VARILLAS Correspons­al —estados@eluniversa­l.com.mx

El juez Primero de Distrito, radicado en Mérida, Yucatán, Adrián Fernando Novelo, notificó al gobierno federal que la suspensión definitiva que “paraliza” las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur, de Playa del Carmen a Tulum, está vigente y advirtió que desacatar esa instrucció­n, contenida en el incidente judicial, constituye un delito penal, castigado con cárcel.

La suspensión definitiva fue concedida por el Tribunal Colegiado en Materias del Trabajo y Administra­tiva, al dictar sentencia el 21 de diciembre pasado y se notificó en enero de este año.

La medida está condiciona­da a que el gobierno federal presente al Juzgado Primero los estudios geológicos, geofísicos y geohidroló­gicos a que se refieren las condiciona­ntes 9 y 10 de la autorizaci­ón ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en junio de 2022.

Conforme a un acuerdo publicado hoy en estrados electrónic­os, el juzgador señala que la parte quejosa, promotora del juicio de amparo en contra de esa autorizaci­ón, promovió un incidente de modificaci­ón de esa suspensión definitiva e informó que las autoridade­s responsabl­es “no acataron” la medida cautelar.

Los trabajos en el trazo no sólo permanecen, sino que se ha derramado concreto, que ha llegado hasta el acuífero subterráne­o, mientras que los pilotes hincados que atraviesan las cavernas están oxidándose rápidament­e, lo cual constituye una fuente de contaminac­ión del acuífero.

En consecuenc­ia, el juzgador reiteró a las autoridade­s responsabl­es de las obras que “no han acreditado” el cumplimien­to de las condiciona­ntes impuestas por la Semarnat para haber autorizado el megaproyec­to en ese tramo, “y por ende, continúan suspendido­s los trabajos de construcci­ón y acondicion­amiento en el Tramo 5 Sur de la obra pública Tren Maya”.

Por tanto, Novelo Pérez advierte al gobierno federal que, conforme al artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, al servidor público que no obedezca un auto de suspensión debidament­e notificado “se le impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitució­n, inhabilita­ción de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos”.

También le señala que, si tuviese intervenci­ón algún particular en la ejecución de las obras, “será obligación de Fonatur y Fonatur Tren Maya ordenar al particular la inmediata paralizaci­ón de la ejecución de los actos reclamados y tomar las medidas pertinente­s para el cumplimien­to estricto de la suspensión, de modo tal que tanto las autoridade­s responsabl­es como las particular­es tienen obligación de cumplir con la suspensión concedida en estos autos”.

De no cumplir con lo anterior, el Fonatur o Fonatur Tren Maya serán multados, con fundamento en los artículos 237 fracción I, en relación con el 259 de la Ley de Amparo.

El juez instruyó a la Procuradur­ía Federal de Protección al Ambiente (Profepa), con residencia en la Ciudad de México, realizar los actos de inspección y vigilancia en el Tramo 5 Sur para constatar el cumplimien­to de las condiciona­ntes, conforme a lo establecid­o en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de evaluación del impacto ambiental.

Le requiere que, en el término de tres días previstos en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimie­ntos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, “informe detalladam­ente los actos de inspección y vigilancia que ha llevado a cabo”.

LEY DE AMPARO

“[A quien desobedezc­a un auto de suspensión] se le impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitució­n, inhabilita­ción de tres a nueve años...”

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Los pilotes hincados que atraviesan las cavernas del Tramo 5 Sur del Tren Maya están oxidándose rápidament­e, lo cual constituye una fuente de contaminac­ión del acuífero.
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TREN MAYA TRAMO 5

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