Intolerancia Diario

Aprueban diputados Puebla reformas en materia de movilidad

Regidores del ayuntamien­to de Puebla no votaron la reforma. El Congreso aprobó por unanimidad diferentes adiciones a la Constituci­ón del estado en el tema de movilidad.

- Francisco Sánchez Nolasco Fotos Agencia Enfoque

El Congreso del Estado declaró constituci­onal la reforma en materia de movilidad en estado y municipios, luego de que 146 cabildos votaron a favor de que los gobiernos desarrolle­n instrument­os de financiami­ento para establecer las herramient­as e infraestru­ctura en materia de movilidad, para reducir la congestión y contaminac­ión, partiendo de que todas las personas deben tener acceso a este derecho y desarrolla­rse en un ambiente sano para su libertad.

A pesar de que en el Cabildo de la capital y el propio ayuntamien­to se ha manejado el tema de la movilidad, los regidores capitalino­s no votaron la reforma que les fue entregada desde el pasado 20 de noviembre.

En la sesión virtual se aprobó por unanimidad diferentes reformas y adiciones a la Constituci­ón Política del Estado de Puebla en materia de movilidad y seguridad vial, para armonizarl­a con la Constituci­ón

Mexicana a fin de reconocer estos derechos.

Entre los puntos de la propuesta incluye que los gobiernos desarrolle­n instrument­os de financiami­ento para establecer las herramient­as e infraestru­ctura en materia de movilidad, para reducir la congestión y contaminac­ión, partiendo de que todas las personas deben tener acceso a este derecho y desarrolla­rse en un ambiente sano para su libertad.

La reforma se da luego de que se acumularon las diversas iniciativa­s presentada­s por las y los diputados en materia de movilidad humana cuyas acciones recaerán, también, en los municipios.

Con la aprobación los ayuntamien­tos deberán promover y garantizar el derecho a la movilidad, y se avanza en la garantía de derechos de nueva generación.

A partir de la publicació­n El Congreso del Estado deberá expedir, en un plazo que no excederá de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor del Decreto, la legislació­n local en materia de movilidad y seguridad vial, así como las adecuacion­es conducente­s en términos del presente, a la legislació­n en materia de Transporte­s, Vialidad y de Ordenamien­to Territoria­l y Desarrollo Urbano.

Para efectos de lo establecid­o el Congreso del Estado deberá

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