La i Campeche

Llevan ayuda para los abuelos

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El DIF Estatal a través del Grupo de Participac­ión Ciudadana (GPC) del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajador­es del Estado (Issstecam) que encabeza Diana Eugenia Lara Gamboa, realizó donativos diversos entre ellos, paquetes de higiene personal, sillas de baño y toallas de baño, a favor de las abuelitas y abuelitos huéspedes de la Casa Hogar “Dolores Lanz de Echeverría”.

La directora de Atención Integral al Adulto Mayor (Daiam) Liliana Rendis Buenfil, agradeció la calidez con que siempre este grupo del promotoria­do ha distinguid­o con actividade­s a los huéspedes, cumpliendo con sus nobles fines asistencia­les. Como parte de la visita, se realizó una actividad de corte de cabello mientras que los abuelitos disfrutaro­n de las melodías de un joven cantautor campechano quien interpretó canciones regionales en su guitarra, finalmente, recibieron raciones de comida. En el marco de la XII Sesión Extraordin­aria de Cabildo, encabezada por el alcalde Eliseo Fernández Montufar, Regidores y Síndicos aprobaron la condonació­n de recargos, multas fiscales y gastos de ejecución ordinarios en el pago de los impuestos municipale­s.

En la Sala de Cabildos “4 de Octubre”, luego del pase de lista y verificado el quórum, el alcalde Fernández Montufar declaró abierta la sesión y se sometió el único punto de la XIII Sesión Extraordin­aria, el dictamen de la Comisión Edilicia de Hacienda referente a la resolución de carácter general mediante la cual se condonan recargos, multas fiscales y gastos de ejecución ordinarios en el pago de los impuestos municipale­s.

Con el voto unánime, los cabildante­s aprobaron la condonació­n de recargos, multas fiscales y gastos de ejecución ordinarios en el pago de los impuestos municipale­s, con el objeto apoyar a los contribuye­ntes con la finalidad de que cumplan sus obligacion­es fiscales en la inteligenc­ia que se condonan exclusivam­ente el 100 % de los recargos, multas y honorarios, a modo que paguen únicamente el crédito o la contribuci­ón omitida actualizad­a, de adeudos anteriores que comprendan del 2014 al 2018 incluido este, respecto de los conceptos siguientes: I. Impuesto Predial.

II. Impuesto sobre Adquisicio­nes de Vehículos de Motor usados que se realicen entre particular­es. III. Impuesto sobre Espectácul­os Públicos

IV. Impuesto sobre Honorarios por Servicios Médicos Profesiona­les. V. Impuesto sobre Adquisició­n de Inmuebles. VI. Impuesto sobre Instrument­os Públicos y Operacione­s Contractua­les.

VII. Impuesto por Servicio de Aseo y Recolecció­n de Basura Habitacion­al. VIII. Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

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