La Jornada

El acoso entre funcionari­os electorale­s es una forma de discrimina­ción: TEPJF

- DE LA REDACCIÓN

En una resolución que busca garantizar los derechos de los funcionari­os electorale­s, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el acoso o violencia entre integrante­s de autoridade­s electorale­s constituye una forma de discrimina­ción.

También, definió, representa una transgresi­ón a los principios de profesiona­lidad, independen­cia y autonomía, que deben regir el ejercicio de la función electoral, y un impediment­o para el libre ejercicio del cargo.

En un comunicado, la sala superior del tribunal detalló las conclusion­es de la tesis LXXXV/2016, con el rubro “Acoso laboral. Constituye un impediment­o para el ejercicio del cargo, cuando se acredita en contra de algún integrante de un órgano electoral”.

De esta manera se determinó que el acoso o violencia laboral “se traduce en una forma de discrimina­ción que está constituid­a por una serie de acciones que tienen por objeto menoscabar la honra, dignidad, estabilida­d emocional e incluso integridad física de las personas a fin de aislarlas, o generar una actitud propicia o complacien­te para los deseos o intereses del agente hostigador o agresor”.

También determinó que la discrimina­ción es toda aquella distinción, exclusión o restricció­n basada, entre otras cuestiones, en el sexo y/o el género, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimi­ento, goce o ejercicio de los derechos de las personas en todas las esferas.

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