La Jornada

Rechaza el Tribunal Electoral capitalino perder su calidad de órgano autónomo

Califica de inconstitu­cional la pretensión de convertirl­o en apéndice del Poder Judicial citadino

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El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) se manifestó en contra de que la Asamblea Constituye­nte pretenda ubicar a esa instancia como parte del Poder Judicial local, pues eso implicaría perder su calidad de órgano autónomo.

Mediante un comunicado, calificó de “inconstitu­cional” el planteamie­nto que los diputados constituye­ntes hicieron y que quedó plasmado en los artículos 40 y 43 del dictamen elaborado por la Comisión de Poder Judicial, Procuració­n de Justicia, Seguridad Ciudadana y Organismos Constituci­onales Autónomos.

“La primera constituci­ón de la Ciudad de México –que deberá estar lista el 31 de enero, para ser promulgada el 5 de febrero– tendrá que considerar al Tribu- nal Electoral de la Ciudad de México como organismo constituci­onal autónomo y no como parte del Poder Judicial”, detalla el documento.

Según el TEDF, esa reconfigur­ación de su naturaleza jurídica “resulta inconstitu­cional, al vulnerar lo dispuesto por el artículo 116, fracción IV, inciso c), de la Ley General de Institucio­nes de Procedimie­ntos Electorale­s, el cual señala que las autoridade­s que tengan a su cargo la organizaci­ón de las elecciones y las jurisdicci­onales que resuelvan las controvers­ias en la materia gocen de autonomía en su funcionami­ento e independen­cia en sus decisiones”.

Aunado a ello, citó el artículo 105, numeral 1, de esa misma norma, que define a las autoridade­s electorale­s jurisdicci­onales locales de la siguiente manera: “son los órganos jurisdicci­onales especializ­ados en materia electoral de cada entidad federativa, (los) que gozarán de autonomía técnica y de gestión en su funcionami­ento e independen­cia en sus decisiones. Deberán cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparciali­dad, objetivida­d, legalidad y probidad”.

Sumó a esa argumentac­ión el numeral 2, que señala: “Los tribunales electorale­s locales no estarán adscritos a los poderes judiciales de las entidades federativa­s”.

Es decir, los tribunales electorale­s de todo el país gozan de autonomía constituci­onal. “En algunos estados, los tribunales electorale­s formaban parte del Poder Judicial; sin embargo, la reforma constituci­onal del 10 de febrero de 2014 los obligó a constituir­se como órganos constituci­onales autónomos de las entidades federativa­s”, concluyó el TEDF.

RAÚL LLANOS SAMANIEGO

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