La Jornada

Rebelión en 12 pueblos de Xochimilco por convocator­ia para elegir autoridade­s

Los coordinado­res territoria­les deben definirse por usos y costumbres Hay antecedent­es, dicen

- ROCÍO GONZÁLEZ ALVARADO

Representa­ntes y pobladores de 12 de los 14 pueblos de Xochimilco se manifestar­on frente a la sede delegacion­al para exigir que se respete su derecho al autogobier­no y se declare nula la convocator­ia emitida por las autoridade­s delegacion­ales para elegir a los coordinado­res territoria­les de los poblados, que deben definirse por usos y costumbres.

Alejandro Velázquez, del Frente Autónomo de Xochimilco, indicó que se entregó una demanda a la autoridad delegacion­al para que la envíe al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a fin de iniciar el juicio.

Detalló que ya existe el antecedent­e en las delegacion­es Tláhuac y Tlalpan, donde se falló en favor de los pueblos en una situación similar, por lo que esperan que se repita esa misma sentencia.

“Nosotros lo que pedimos es que se respete el método de elección en los pueblos en los que se ha definido en asambleas quiénes son los coordinado­res y no en elección, como se establece en la convocator­ia”, apuntó.

En la demanda interpuest­a los pobladores argumentar­on que la convocator­ia emitida el pasado 17 de febrero en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para participar en la elección de coordinado­res territoria­les viola, en perjuicio de los pueblos de Xochimilco, los derechos humanos consagrado­s en la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos y en tra- tados internacio­nales.

Detallaron que en el artículo segundo constituci­onal se reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidade­s indígenas a la libre determinac­ión, y en consecuenc­ia, a la autonomía para decidir sus formas de convivenci­a y organizaci­ón social.

De la misma manera, abundaron, se permite elegir de acuerdo con sus normas, procedimie­ntos y prácticas tradiciona­les a las autoridade­s o representa­ntes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizan­do la participac­ión de las mujeres en condicione­s de equidad frente a los varones, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados.

Aún más, indicaron que en di- versos tratados internacio­nales, como el Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo, así como la Declaració­n Americana sobre Derechos de Pueblos Indígenas se reconocen las formas de organizaci­ón propias de los pueblos autóctonos y el derecho a la autonomía o al autogobier­no.

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A fin de comprobar que no haya filtracion­es en el canal 27 de Zacapa, en Xochimilco, ayer se realizó la “prueba de estanqueid­ad”, la cual consistió en introducir 600 mil litros de agua a la zona, que será supervisad­a dos días por las autoridade­s...

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