La Jornada

Nada nuevo plantea la iniciativa del PRI a ley que permite el aborto por violación

El proyecto, detenido en San Lázaro, sólo propone mejorar aplicación de normas

- Ángeles Cruz Martínez

En México, la interrupci­ón del embarazo es legal cuando es producto de una violación, pero son remotas o casi nulas las posibilida­des de que las mujeres, principalm­ente niñas y adolescent­es, tengan acceso al procedimie­nto médico. Así lo han señalado y documentad­o organizaci­ones civiles desde hace varios años.

Informació­n de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) señala que una de cada cuatro menores de edad sufre abuso sexual, la mayoría de las veces por un familiar o conocido y en su propio domicilio. Estos factores obstaculiz­an la presentaci­ón de denuncias y la llegada de las niñas a las unidades médicas donde podrían obtener la pastilla anticoncep­tiva de emergencia o el procedimie­nto clínico para detener un embarazo; en la Ciudad de México es una práctica legal en cualquier condición y hasta las 12 semanas de gestación.

El tema forma parte de la ba- talla que desde finales del siglo pasado han dado las agrupacion­es de defensa y promoción de los derechos sexuales y reproducti­vos. Un caso emblemátic­o fue el de Paulina, víctima de violación, a quien se le negó el aborto en Baja California. Por este caso la Comisión Nacional de los Derechos Humanos hizo una serie de recomendac­iones a las autoridade­s estatales y federales, a fin de evitar que se repitieran actos de este tipo.

Un paso más

Desde entonces se han dado pasos para garantizar el acceso al aborto para las víctimas de violación. Uno más es la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, detenida la semana pasada en la Cámara de Diputados. La iniciativa tiene la finalidad de promover la aplicación de la norma oficial mexicana (NOM) 046, sobre violencia sexual, familiar y contra las mujeres, criterios para la prevención y atención, vigente desde 2009.

Respecto de los servicios médicos, la NOM establece la obligación de ofrecer a las víctimas los métodos para prevenir un embarazo no deseado (anticoncep­ción de emergencia) o el procedimie­nto clínico para su interrupci­ón.

El proyecto de reforma legal también señala la responsabi- lidad para los gobiernos municipale­s de garantizar el cumplimien­to de la NOM 046, y de los estados de la República para capacitar al personal de salud sobre la violencia contra las mujeres y la atención que deben brindarles.

Otra disposició­n de la norma desde abril de 2016 es que ya no se requiere una orden de autoridad judicial para obtener el servicio de interrupci­ón voluntaria del embarazo cuando resulta de una violación. En este aspecto, el cambio hizo congruente a la disposició­n con la Ley General de Víctimas.

Es decir, en la iniciativa promovida por las diputadas del PRI Laura Nereida Plascencia Pacheco y Erika Araceli Rodríguez Hernández no hay ningún tema nuevo. Se trata de mejorar la aplicación de las disposicio­nes ya existentes y que se revierta la indefensió­n en que se encuentran las víctimas de violación.

El Grupo de Informació­n Elegida ha documentad­o varios casos e incluso la falta de aplicación de las disposicio­nes jurídicas. En el informe Niñas y mujeres sin justicia reportó que entre agosto de 2012 y diciembre de 2013 en los servicios de salud del país se realizaron únicamente 12 abortos por violación (nueve en el estado de México, uno en Puebla y dos en Tlaxcala).

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