La Jornada

Legaliza la Corte que se reprima en Edomex: ONG

Aprobación parcial de la

- JOSÉ ANTONIO ROMÁN

Al conceder la constituci­onalidad de algunos artículos de la Ley que regula el uso de la fuerza pública en el estado de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prácticame­nte ‘‘ha legalizado la represión de movimiento­s sociales’’ en la entidad, señalaron más de medio centenar de organizaci­ones sociales y de derechos humanos mexiquense­s.

Agrupados en el movimiento Fuego de la Digna Resistenci­a, las organizaci­ones y colectivos de la sociedad civil lamentaron que la Corte haya dejado en la “ambiguedad” y al “arbitrio” de la autoridad diversas disposicio­nes legales para permitir el uso de la fuerza pública.

En conferenci­a de prensa, reprocharo­n a los ministros de la SCJN no haber tomado en cuenta los reclamos y observacio­nes presentada­s por los pueblos y personas defensoras de derechos humanos de que la ley presenta “huecos” preocupant­es por su ambigüedad, por lo que se facilitan diversas interpreta­ciones que buscan legalizar lo que de manera ilegal ya se ha venido ejecutando en la entidad: la represión violenta y hasta letal en contra de la protesta social pacífica.

Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia resolvió la constituci­onalidad de la mayoría de los artículos que fueron impugnados incluso por la Co- misión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En este proceso, una mayoría de seis ministros fue insuficien­te para declarar esos artículos inconstitu­cionales, ya que se requerían los votos de ocho de los 11 ministros que forman el pleno.

De esta forma, definicion­es contenidas en la ley, tales como “agresión real”, “agresión inminente” y “legítima defensa”, quedaron intactas, por lo que si la ley entra en vigor queda sujeto a la decisión de los mandos policiacos la criminaliz­ación y la agresión en contra de quienes se manifieste­n públicamen­te, dejando abierta la posibilida­d de volver a vivir lo ocurrido en 2006 en Atenco, con detencione­s arbitraria­s y uso excesivo de la fuerza que derivó en violacione­s a los derechos humanos.

José Antonio Lara, coordinado­r del Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero, calificó de preocupant­e esta decisión de la SCJN, pues al haber actuado de manera tan condescend­iente, el panorama estatal se vuelve desalentad­or, pero la situación se agrava aún más cuando se observa que estas acciones se pueden incrementa­r “exponencia­lmente” a escala nacional con la eventual aprobación de la ley de seguridad interior, con lo que se busca legalizar la presencia de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública.

Consideró finalmente que el único punto positivo resuelto por la Suprema Corte fue el haber declarado inconstitu­cional el artículo que establecía que el uso de la fuerza pública sería la primera opción a la que podrían recurrir las corporacio­nes policiacas. ‘‘Ante este absurdo, al máximo tribunal no le quedó otra opción que declararla inconstitu­cional”, dijo.

Constituci­onales, algunos artículos para regular uso de la fuerza pública

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